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Tribunal · solo Pro
Constructora Alcarraz Limitada en Liquidacion con SII
Fecha: 29-09-2023 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR; Resolución · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de constructora contra rechazo del SII a devolución de $1.231 millones por Crédito Especial de Empresas Constructoras, reconociendo legitimidad de créditos imputados a PPM 2018.
Constructora Alcarraz Limitada en Liquidación solicitó devolución de $327.174.737 en su declaración de renta 2019 (F22 folio 217445439), correspondiente a saldo de pagos provisionales mensuales del año comercial 2018. El SII impugnó la declaración por observación F36 respecto a créditos especiales y realizó fiscalización. Rechazó la devolución argumentando falta de acreditación de créditos. Constructora reclamó alegando vulneración de derechos constitucionales y legales, sosteniendo que los PPM fueron pagados en exceso.
El Tribunal reconoce que la constructora acreditó conforme al artículo 21 del DL910 los requisitos legales para utilizar el Crédito Especial de Empresas Constructoras en tres proyectos habitacionales específicos (Arica, Coyhaique y Punta Arenas), por un total de $1.231.172.820. Determina que estos créditos fueron válidamente imputados a los PPM del año comercial 2018. Concluye que el SII, al ejercer facultades fiscalizadoras, no contó con antecedentes suficientes para negar la procedencia de la devolución, siendo el acto reclamado infundado.
Se acoge el reclamo. Se ordena al SII proceder a la devolución solicitada en F22 folio 217445439 AT 2019 por $1.231.172.820, con reajustes legales. Cada parte carga con sus propias costas. Se ordena cumplimiento administrativo de la sentencia.
CAUSA : “CONST. ALCARRAZ LIMITADA EN LIQUIDACIÓN con S.I.I.” RUC Nº : 21-9- 0000472-4
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES
VISTOS:
UNO. DEL ACTO RECLAMADO EN AUTOS . Se ha reclamado en estos autos de la Resolución Ex N°77321107633 de fecha 11 de junio de 2021, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS 1, notificada a CONSTRUCTORA ALCARRAZ LIMITADA EN LIQUIDACION RUT:76.189.216-9 en esa misma fecha por la cual se rechazó la devolución solicitada en el código [87] del Formulario 22 Folio N° 217445439 por un monto de $327.174.737 para el Año Tributario2 2019 correspondiente al pago provisional mensual del año comercial 2018 (artículo 84 del Decreto Ley sobre Impuesto a la Renta3).
La referida Resolución se dicta en respuesta a la solicitud de devolución efectuada por Constructora Alcarraz en el proceso de declaración anual de la renta del año 2019, a través del Formulario 22, Folio N° 217445439.
La Resolución negativa se funda en que el reclamante no dio respuesta a los requerimientos del Servicio, ni acompañó los antecedentes que le fueron expresamente solicitados, por lo tanto, no fue posible determinar clara y fehacientemente el Crédito Especial de Empresas Constructoras4, con los cuales cubre los Pagos Provisionales Mensuales5 declarados en el F22 y que solicita como devolución en su F22 Folio 217445439 Año Tributario 2019, y por no existir el referido Crédito Especial, la autoridad entiende no pagados los PPM allí declarados.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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