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Tribunal · solo Pro
FORESTAL MININCO SpA con SII
Fecha: 12-02-2026 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza demanda de nulidad y reclamo tributario de Forestal Mininco contra reavalúo agrícola 2024, determinando que aunque el procedimiento de tasación tuvo defectos de forma, no se acreditó error de fondo en los avalúos fiscales.
Forestal Mininco SpA impugna los avalúos fiscales de predios agrícolas en Puerto Octay y Río Negro determinados en el Reavalúo Agrícola 2024 por Resolución Exenta N°150 de 2023. Alega incrementos promedio de 40,23% en Puerto Octay y 38,99% en Río Negro respecto a 2023. Cuestiona la metodología de tasación basada en datos de 1961, la presencia de muestras no agrícolas en la base de datos, dispersión extrema de valores unitarios (hasta 86.024%), y transacciones atípicas. Afirma que los valores reavalúados son en promedio 23,9 veces superiores a transacciones reales.
El tribunal reconoce que el actor acreditó defectos de forma en el procedimiento de tasación, particularmente falta de transparencia que impide al contribuyente replicar el método. Constata que el SII cumplió requisitos del artículo 4° de Ley 17.235 al impartir instrucciones técnicas. Sin embargo, estima que demostrar vicios procedimentales no prueba errores de fondo en los resultados. El tribunal observa que el contribuyente no rindió prueba de cuál sería el valor correcto para cada predio ni aportó tasaciones alternativas de terceros independientes. Respecto a nulidad, requiere acreditar vic
Se rechaza la acción de nulidad de derecho público y el reclamo tributario deducidos por Forestal Mininco. Se confirman los avalúos fiscales de los 17 roles impugnados en Puerto Octay y Río Negro fijados para 2024. Se condena al actor al pago de costas.
1
Puerto Montt, doce de febrero de dos mil veintiséis
VISTOS,
A fojas 1 y 97, comparece don Fernando Lucas Calderara Cea, abogado, cédula de identidad N° 16.948.235-7, en representación de Forestal Mininco SpA, rol único tributario N° 91.440.000 -7, ambos domiciliados en calle Agustinas N° 1343, comuna y ciudad de Santiago, quien interpone solicitud de declaración de nulidad de derecho público y, en subsidio, reclamo tributario en contra de la determinación de los avalúos de bienes raíces agrícolas de propiedad de la reclamante, determinados en el proceso de Reavalúo Agrícola 2024, y que constan en los roles semestrales de contribuciones para las comunas de Puerto Octay y Río Negro.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 5138,64;
Multa UTM 0; Reajuste UTM 0; Intereses UTM 0; Cuantía Bruta UTM 5138,64.
En cuanto a los argumentos de hecho, se expone que la reclamante es propietaria de diversos predios agrícolas que fueron objeto del proceso de reavalúo general de la primera serie del año 2024. Respecto de la comuna de Puerto Octay, el perjuicio se materia liza en un alza promedio del 40,23% de los avalúos fiscales entre el segundo semestre de 2023 y el primero de 2024, afectando a dieciséis roles específicos detallados en la presentación de fojas 1. En relación con la comuna de Río Negro, se impugna la determinación del rol 346-52, el cual experimentó un alza del 38,99% en el mismo periodo. Se sostiene que estas determinaciones se fundan en graves errores metodológicos incurridos por el Servicio en el curso del proceso de Reavalúo General Agrícola 2024, fund amentados en un informe de análisis de la consultora Póliza Gestión Inmobiliaria SpA. Se argumenta que la metodología contenida en la Resolución N° 150 de 2023 no explica el proceso operativo para determinar el valor unitario de los suelos ni la técnica para depurar, seleccionar y ponderar muestras, careciendo de parámetros estadísticos que permitan la replicación íntegra de los cálculos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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