Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD PULMAHUE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 15-01-2014 · Materia: Giro
ACOGE Ha Lugar
El tribunal acogió la reclamación y dejó sin efecto el giro de reintegro de IVA, reconociendo que el derecho a devolución de crédito fiscal por activo fijo no se condiciona a que las operaciones futuras sean gravadas, sino que la restitución se exige solo cuando se realicen operaciones no gravadas.
Sociedad Pulmahue S.A., constituida para forestación de pino ponderosa con fines de captura de carbono y venta de bonos de carbono, solicitó devolución de crédito fiscal IVA por $20.388.239 conforme artículo 27 bis de la Ley de IVA, originado en adquisiciones de bienes para activo fijo. El SII autorizó la devolución mediante Ord. N°12 de febrero 2011. Posteriormente, revisando la escritura social, el SII concluyó que la venta de bonos de carbono es actividad no gravada y emitió giro de reintegro por el monto devuelto. La reclamante impugnó argumentando que el proyecto incluye también explotaci
El tribunal estableció que la escritura de constitución declara como objeto la forestación con fines de captura de carbono y venta de bonos, pero además permite dedicarse a 'cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado directa o indirectamente con los anteriores'. Aunque la intención original fue la venta de bonos de carbono, nada impide que durante el proyecto se realicen actividades compatibles como explotación maderera. El tribunal analizó el artículo 27 bis de la Ley de IVA, concluyendo que este beneficio no condiciona el reembolso al hecho de que el activo fijo se destine a opera
Se acogió la reclamación. Se dejó sin efecto el Giro Formulario 21 Folio 07 N° 102871175-8. No se condenó en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
1
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT Nº : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : SOCIEDAD PULMAHUE S.A Coyhaique, a quince de enero de dos mil catorce.
VISTOS:
UNO. El escrito de fojas 1 y siguientes, mediante el cual comparece doña JEANNE MARIE LAPORTE MIGUEL , RUT Nº 8.813.210-6, chilena, abogada y don FELIX
ALEJANDRO GALILEA CARRILLO, RUT N°7.726.387 -k, chileno, empresario, ambos en actuando en representación de SOCIEDAD PULMAHUE S.A., RUT N°76.031.258-4, todos domiciliados en Calle Eusebio Lillo N°118, de la comuna y ciudad de Coyhaique, deducen reclamación en contra de Giro Formulario 21 Folio 07 N° 102871175-8, notificada, según indica, por cédula el día 26 de junio de 2012 , solicitando se deje sin efecto el giro reclamado en todas sus partes y declarar que la Sociedad Pulmahue S.A. tiene derecho a efectuar la solicitud de devolución del crédito fiscal IVA . En el acto del reclamo se designó abogado patrocinante y se le confirió poder al abogado don Mario Cancino Rivas, domiciliado en Calle Eusebio Lillo N°444, comuna y ciudad de Coyhaique.
Según indica el reclamante , el Servicio de Impuestos Internos ha solicitado a través del giro individualizado, el reintegro de devoluciones de Impuesto al Valor Agregado - IVA, artículo 27 bis de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, por la suma de $20.388.239, por contrato de adquisición de plantas de Pino Ponderosa con fines de captura de carbono a través de la postulación a proyecto de forestación bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio dentro del protocolo de Kyoto, actividad que a juicio del Servicio está exenta de IVA. Agrega además que, el fiscalizador del SII sostiene que la captura de bonos de carbono y emisión de bonos no está afecta a IVA por lo que no sería procedente la devolución de IVA soportado en las compras de los activos destinados a dicho fin.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.