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Tribunal · solo Pro
ROJAS ARAYA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-02-2017 · Materia: Artículo 97 N° 6 del CT · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de contribuyente por infracción de entrabamiento a la fiscalización al incumplir requerimientos de documentación contable de años 2012-2015, confirmándose multa de 3 UTM.
Juan Carlos Rojas Araya, transportista, fue requerido mediante Notificaciones N° 108 (27.08.2015) y N° 158 (11.09.2015) para presentar libros de contabilidad y declaraciones anuales de impuesto a la renta de años 2012-2015. El contribuyente no cumplió dichos requerimientos dentro de los plazos establecidos. El SII cursó Notificación de Infracción N° 1197993 (23.09.2015) por entrabamiento a la fiscalización. El contribuyente alegó que la documentación ya había sido entregada y auditada en procedimientos fiscalizadores anteriores, o bien devuelta por el SII.
El tribunal analiza que existe entrabamiento a la fiscalización cuando se obstaculiza la labor fiscalizadora, definiendo el término conforme al sentido natural y obvio. Constata que el contribuyente reconoce implícitamente no haber acompañado los documentos requeridos en ambas notificaciones. La documentación de años anteriores no exime del deber de volver a presentarla, especialmente si fue devuelta. La posterior presentación parcial en respuesta a Citación N° 94 (22.10.2015) demuestra que el incumplimiento inicial fue real. Aplica agravantes por conocimiento de obligación tributaria y neglig
Se rechaza la acción de nulidad y la reclamación tributaria. Se confirma la Notificación de Infracción N° 1197993 por entrabamiento a la fiscalización. Se aplica multa de $138.411 (tres unidades tributarias mensuales). No se condena en costas.
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“ROJAS ARAYA, JUAN CARLOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, a veintiocho de febrero de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas 48 y siguientes, comparece el contribuyente don JUAN CARLOS ROJAS
ARAYA, RUT N° 9.077.357-7, del giro transporte de carga por carretera, arriendo de maquinarias y o bras menores en construcción , con domicilio en calle 19 Poniente con 19 Sur No. 0232, Galilea, de la comuna de Talca , quien interpone, a Lo Principal de su presentación, incidente de nulidad de todo lo obrado y , en forma subsidiaria, en el Primer Otrosí, reclamo tributario conforme al Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas , contemplado en el artículo 165 del Código Tributario, en contra de la Notificación de Infracción N° 1197993, de fecha 23.09.2015, emitida por la VI I Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual se notificó la supuesta comisión de la infracción contemplada en el N° 6 del artículo 97 del Código Tributario, que consistiría en entrabar la fiscalización al no dar cumplimiento a la Notificación N° 108, de fecha 27.08.2015, reiterada en Notificación N° 158, de fecha 11.09.2015.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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