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Tribunal · solo Pro
Inversiones Casablanca S.A con SII
Fecha: 24-10-2017 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Casablanca S.A contra acta de infracción por pérdida de documentos en incendio, calificando la pérdida como fortuita e invalidando el acto por vicio legal.
El 29 de enero de 2017, un incendio afectó las oficinas de Casablanca S.A ubicadas en Rinconada El Salto N°100, Huechuraba, donde se encontraba la documentación contable. La empresa denunció la pérdida de facturas de ventas, facturas exentas, guías de despacho y hojas timbradas el 10 de febrero de 2017. El SII emitió acta de infracción el 5 de abril de 2017, calificando la pérdida como no fortuita. El edificio contaba con guardias de seguridad y monitoreo de alarmas. El domicilio tributario registrado era Camino a Pichilemu S/N, distinto al de los hechos.
El tribunal analizó si se configuraban los supuestos del artículo 97 N°16 del CT. Concluyó que: i) el incendio constituyó un caso fortuito imposible de resistir, causado por falla eléctrica sin acto humano imputable; ii) la circunstancia de que los documentos estuvieran en domicilio distinto al registrado no elimina el caso fortuito cuando dicho domicilio contaba con medidas de seguridad adecuadas y la documentación estaba bajo custodia de la contadora de la empresa; iii) los documentos sin emitir no pueden servir para acreditar anotaciones contables, incumpliendo requisito del tipo infraccion
Se acoge la reclamación y se deja sin efecto íntegramente el Acta de Denuncia de Infracción N°77317010102. Se condena al SII en costas del juicio. Se ordena cumplimiento administrativo de la sentencia.
CAUSA : “CASABLANCA S.A con S.I.I”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A VEINTICUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
VISTOS:
UNO. Presentación de fojas 1, de 17 de abril de 2017, por medio de la cual don JUAN EDUARDO IBÁÑE Z WALKER , cédula de identidad N° 6.062.416-K, en representación de la sociedad de inversiones CASABLANCA S.A , RUT N° 94.381.000-1 ambos domiciliados para estos efectos en Rinconada el Salto N°100, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, deduce reclamo en contra del Acta de Denuncia de Infracción Folio 77317010102, notificada con fecha 05 de abril de 2017, emitida por SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , en adelante el “Servicio” o el “SII”, solicitando dejarla sin efecto, con costas.
En síntesis, el actor indica que, con fecha 29 de enero de 2017, aproximadamente a las 04:20 horas de la madrugada , las oficinas ubicadas en calle Rinconada El Salto N°100, comuna de Huechuraba , Santiago, fueron afectadas por un incendio, que duró varias horas. Las oficinas se encuentran en el edificio patrimonial, conocido como Palacio Riesco , en el que funciona el grupo empresarial de la sociedad recurrente, el que cuenta con alarmas, guardias y sistemas de seguridad. Agrega, que en el control del siniestro participaron varias compañías de Bomberos y Carabineros de Chile, presente en todas las labores de resguardo del lugar, y quien levan tó acta y constancia del mismo.
A continuación, individualiza las especies consumidas o dañadas por el incendio, enumerándolas de las letras a) a la c).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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