Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
LOTERIA DE CONCEPCION con SII
Fecha: 07-02-2018 · Materia: Artículo 19 Nº 22 CPR · Juez: jaime_andres_gonzalez_orrico
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Lotería de Concepción. La notificación del SII exigiendo declaración de impuesto a la renta no vulnera derechos: la exención solo cubre pago del tributo, no la obligación de declarar rentas exentas.
Lotería de Concepción, repartición de la Universidad de Concepción sin personalidad jurídica propia, recibe notificación N° 137 del SII (10 agosto 2017) requiriéndole presentar declaración de impuesto a la renta (Formulario N° 22) para año tributario 2016, bajo apercibimiento de sanción. La reclamante sostiene estar totalmente exenta de impuesto a la renta conforme a la Ley 18.568 y sus artículos 5°, 9° y 10°, por lo que la notificación vulneraría sus derechos constitucionales.
El tribunal reconoce que Lotería de Concepción goza de exención tributaria conforme al artículo 39 N° 2 del DL 824/1974, pero aclara que la exención solo cubre la obligación de pagar el tributo sobre ingresos de emisión y venta de boletos, no la obligación de presentar declaración jurada de rentas. La exención tributaria no confiere inmunidad frente a facultades fiscalizadoras. El artículo 39 N° 2 DL 824/1974 (invocado por la reclamante) exime del pago pero no de la obligación de declarar. El SII, al exigir declaración, solo ejerce facultades legales de fiscalización. No existe desconocimiento
Se rechaza sin costas el reclamo por vulneración de derechos deducido contra la notificación N° 137 de fecha 10 de agosto de 2017. Se confirma la actuación fiscalizadora del SII. Se ordena el cumplimiento administrativo de la sentencia.
Concepción, siete de febrero de dos mil dieciocho.
VISTOS:
Que, a fojas 5 y siguientes, con fecha 29 de agosto de 2017, comparece don
Gonzalo Cisterna Sobarzo, abogado, RUT n.° 10.055.372-4, en representación de la repartición de la Universidad de Concepción, LOTERÍA DE CONCEPCIÓN, ambos domiciliados para estos efectos en calle Colo Colo n.° 592, Concepción, quien interpone reclamo por v ulneración de derechos, en contra de la notificación n.° 137, de fecha 10 de agosto de 2017, practicada por la VIII Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos.
Estructura su reclamo en conformidad a los siguientes acápites:
I. Antecedentes preliminares.
II. Interposición y procedencia del reclamo.
III. Antecedentes de hecho.
IV. El derecho.
En primer término, efectúa una descripción de las principales funciones y la regulación de Lotería, según indica. En resumen, sostiene que Lotería de Concepción es una repartición de la Universidad de Concepción, sin personalidad jurídica propia, cuya única actividad y tributación está regulada por la Ley n.° 18.568 y su Reglamento por el artículo 90 de la Ley 18.568 y por los Decretos Supremos de autorización de los juegos derivados (Kino, Kino 5 e Imán). Agrega que la emisión y ventas de boletos de Lotería de Concepción están gravados con el impuesto establecido en el artículo 2° de la Ley 18.110 estando exentos de todo impuesto, contribución o gravamen, sean fiscales o municipales, entendiéndose para estos efectos de la Ley de Rentas, que se trata de la exención del artículo 39 n.° 2 de dicho cuerpo legal. Asimismo, señala que se le exime del impuesto IVA, por los intereses , primas, comisiones u otras formas de remuneración que pague a personas naturales o jurídicas en razón de negocios, servicios o prestaciones de cualquier especie relacionadas con su actividad.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.