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Tribunal · solo Pro
VINA PORTAL DEL SUR S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-06-2018 · Materia: Liquidación; Pago · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza parcialmente reclamo de Viña Portal del Sur contra liquidaciones del SII por rechazo de crédito fiscal en varias facturas por defectos formales y falta de acreditación de operaciones.
Viña Portal del Sur S.A. solicitó devolución de IVA Exportador el 07.08.2013. El SII inició auditoría de períodos febrero-julio 2013 y detectó diferencias de IVA. Emitió Resolución Exenta N° 6738 autorizando solo parte de la devolución y practicó Citación N° 18. Posteriormente emitió Liquidaciones N° 101, 102 y 104 rechazando crédito fiscal de varias facturas: factura N° 90 de Viña Santa Fe Ltda., factura N° 568 de Maquinarias Ingeniería y Construcción Alto Cauquenes Ltda., factura N° 532 de Jorge Luis Díaz Valdés, factura N° 110 de Viña Santa Fe Ltda., y factura N° 20 de Exportadora Frucol Lt
El tribunal analiza si las facturas corresponden al giro de la contribuyente y si cumplen requisitos legales. Respecto de factura N° 568 de Maquinarias, acoge el reclamo parcialmente concluyendo que el servicio de mejora de riego se relaciona con la actividad de la empresa derivado del contrato de mediería celebrado. Sin embargo, rechaza el crédito fiscal por incumplimiento de requisito formal relativo a entrega del ejemplar correspondiente de factura conforme artículo 69 DS 55/1977. Respecto de factura N° 532, rechaza crédito fiscal porque omite fecha de emisión, requisito legal esencial que
Se rechaza el reclamo interpuesto contra Liquidaciones N° 101 (partidas 1 y 7), N° 102 (partida 10) y N° 104 (partidas 18 y 19), confirma ndose las liquidaciones del SII. Se condena al reclamante al pago de costas del juicio.
“VIÑA PORTAL DEL SUR S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC 15-9-00001650-3
Rol · solo Pro
Talca, treinta de junio de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 118 y siguientes, comparece don JUAN CARLOS SOTOMAYOR COLL, RUT No. 13.681.370-6, empresario, en representación de la contribuyente VIÑA PORTAL DEL SUR S.A. RUT N° 76.044.380-8, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins No. 192, de la ciudad de Linares, quien interpone reclamo tributario conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidación No. 101 (partidas 1 y 7), Liquidación No. 102 (partida 10) y Liquidación No. 104 (partidas 18 y 19), todas de fecha 26.08.2015, emitidas por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos, por un monto total de $49.986.549, incluidos reajustes, interés y multas.
En su reclamación señala que la auditoría efectuada por el S.I.I. se inició por una solicitud de devolución de IVA Exportador efectuada por su representada, Viña Portal del Sur S.A. (ex Viña Expodial Ltda.), vía página Web, el día 07.08.2013 y que, producto de los antecedentes aportados, el órgano fiscalizador determinó diferencias de impuesto respecto de los períodos de febrero a julio de 2013, relativas al Impuesto al Valor Agregado y Reintegro por devolución de IVA Exportador obtenidas en exceso. Producto de lo anterior, el S.I.I. emitió la Resolución Ex. No. 6738, de fecha 21.10.2013, que autorizó sólo una parte de la devolución solicitada y practicó la Citación No. 18, de igual fecha.
Dice que, de la respuesta dada a la Citación No. 18, fue posible conciliar algunas partidas. Sin embargo, respecto de las diferencias no conciliadas, el S.I.I. procedió a practicar las liquidaciones que por medio de este acto reclama, mediante las cuales le rechazó el uso del crédito fiscal de una serie de facturas que fueron cuestionadas. 1
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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