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Tribunal · solo Pro
SUCESION NORERO TASSARA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-05-2019 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Ha Lugar Revocatorio
Se acogió reclamo de sucesión contra reavalúo de bien raíz no agrícola por falta de fundamentación técnica del área homogénea y tabla de precios, anulando el incremento de avalúo en rol 965-2 de La Serena.
La Sucesión Norero Tassara reclama contra el reavalúo de propiedad rol 965-2 ubicada en sector Vega Sur, La Serena, argumentando que el alza del avalúo no corresponde a la realidad del sector que carece de servicios básicos. El SII aplicó coeficientes correctores (0,36 por altura y 0,3 por expropiación/monumento) resultando un coeficiente total de 0,11. El tribunal realizó inspección personal verificando que el sector presenta restricciones del plan regulador, escaso desarrollo urbanístico, acceso deficiente y limitaciones de construcción en altura.
El tribunal analiza que la determinación del avalúo debe guardar relación con antecedentes de hecho que la justifiquen. Aunque el SII aplicó coeficientes correctores, el error fundamental radica en la fijación inicial de la tabla de precios y definición del área homogénea, que no reflejan la realidad del sector Vega Sur. Constata que las restricciones del plan regulador desde 2004, la falta de urbanización consolidada, infraestructura deficiente y densidad poblacional baja generan un valor significativamente menor respecto a zonas adyacentes. Concluye que mantener el incremento conduciría a un
Se acoge el reclamo anulando el reavalúo practicado respecto de propiedad rol 965-2 de La Serena, manteniéndose aplicación de coeficientes correctores previamente reconocidos en instancia administrativa. Se rechaza condenar en costas al SII por tener motivos plausibles para litigar.
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RESUMEN:
PARTES: Sucesión Norero Tassara con Servicio de Impuestos Internos
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reavalúo de Bien Raíz no agrícola
CUANTÍA: 6.808,58 UTM
La Serena, treinta de mayo de dos mil diecinueve.
VISTOS:
Que a fojas 18, con fecha 18 de diciembre del año 2018, comparece
Don Pedro Norero Muñoz, comerciante, Rut 6.068.930-K, en representación de Sucesión Norero Tassara, Rut 1.655.447 -2, ambos con domicilio en Parcela N° 39 Vega Sur , La Serena y expone que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Tributario, viene a reclamar, en base a los fundamentos que más adelante se señala, en contra del reevalúo de la propiedad rol 965 -2.
Sostiene que el Servicio de Impuestos Internos ha procedido, en virtud de sus facultades legales, a modificar el avalúo de su propiedad, aplicando alzas en los avalúos de su propiedad que no corresponde n a la realidad del sector, que no cuenta con servicios básicos de urbanización de agua potable, alcantarillado, mejoramiento de los caminos etc .
A fojas 36, con fecha 1 5 de enero de 2019, comparece don
ALONSO VERGARA ARCE , Director Regional Subrogante de la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, domiciliado para estos efectos en Malta 461, oficina 202, La Serena, y viene en evacuar el traslado de rigor, solicitando el rechazo del reclamo presentado , en atención a los antecedentes que señala a continuación:
1. Que conforme al artículo 3 de la Ley 17.235 sobre Impuesto
Territorial, el Servicio de Impuesto Internos deberá reavaluar, cada cuatro años los bienes raíces agrícolas y no agrícolas aplicándose una nueva tasación simultáneamente a todas las comunas del país. En atención a esta obligación legal, la exhibición de roles para el r eavalúo de bienes raíces no agrícolas, con vigencia al 2 primer semestre de 2018, para la comuna de La Serena se produjo entre los días 11 de abril y el10 de mayo de 2018.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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