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REVOCADACorte de Apelaciones de La Serena · Rol 6-201429 ago 2014

Sociedad Agrícola y Minera Pellegrini Weishaupt LTDA. con Servicio de Impuestos Internos la Serena

TribunalCorte de Apelaciones de La Serena
Rol6-2014
Fecha sentencia29 ago 2014
RecursoApelación
ResultadoREVOCADA Fallada/revocada

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Revoca parcialmente la sentencia de primera instancia que ordenaba devolver impuestos de 2011-2012; rechaza el recurso de vulneración de derechos pero ordena al SII resolver en 3 meses, por falta de pronunciamiento oportuno en la fiscalización.

Hechos

Sociedad Agrícola y Minera Pellegrini Weishaupt Ltda. solicita devoluciones de impuesto a la renta (2011-2013) retenidas por el SII. Alega vulneración de derecho de propiedad (art. 19 N° 24 CPR) por retención sin norma legal que la ampare e inconsistencias en sus declaraciones. El Tribunal Tributario y Aduanero acoge el recurso de vulneración ordenando devoluciones 2011-2012 ($8.513.336 y $8.287.529) pero rechaza 2013. El SII apela ante la Corte de Apelaciones de La Serena solicitando revocar la orden de devolución 2011-2012 y confirmar mantención de retención 2013.

Considerandos clave

La Corte sostiene que las declaraciones de impuesto son provisionales mientras el SII ejerce su facultad fiscalizadora, por lo que el contribuyente no adquiere derecho de propiedad indubitado sobre las sumas solicitadas en devolución hasta que la administración complete su revisión. Sin embargo, reconoce que el SII ha incurrido en dilación injustificada al no pronunciarse sobre los fundamentos de fondo de las declaraciones, limitándose a observaciones formales (restricción de timbraje, inasistencias) sin exigir aclaraciones concretas que permitieran al contribuyente defenderse. Aunque la retención temporal de devoluciones durante la fiscalización no es ilegal ni arbitraria, el SII debe actuar sin dilaciones conforme al art. 8 bis del Código Tributario. Aplica jurisprudencia de la Corte Suprema que sostiene que no es razonable mantener indefinidamente en incertidumbre tributaria al contribuyente respecto del crédito invocado cuando deba recalcularse nuevamente la base imponible.

Resolutivo

Revoca la sentencia de primera instancia que ordenaba devoluciones 2011-2012; rechaza el recurso de vulneración en todas sus partes. Ordena al SII dictar resolución sobre las devoluciones solicitadas en 3 meses. Confirma lo demás del fallo apelado (rechazo de devolución 2013).

Texto de la sentencia

Sociedad Agrícola y Minera Pellegrini Weishaupt Ltda.

Procedimiento especial por vulneración de derechos

Rol Nº 6-2014.- (VD-06-00046-2013 del Tribunal Tributario y Aduanero Coquimbo)

La Serena, veintinueve de agosto de dos mil catorce.

De la sentencia en alzada, se eliminan los fundamentos octavo, noveno, décimo, y décimo tercero a décimo sexto, reproduciéndose los restantes y citas legales, y Teniendo además presente:

Primero: Que doña Ximena Aravena Méndez en representación del Servicio de Impuestos Internos, en autos sobre procedimiento de reclamo por vulneración de derechos, rol corte N° 6-2014, interpone recurso de apelación contra la sentencia definitiva de 21 de febrero del presente año, solicitando sea revocada en la parte que ordena efectuar las devoluciones de impuesto a la renta de los años tributarios 2011 y 2012, y la confirme en aquella que ordena mantener la retención por el año tributario 2013, resolviendo en definitiva no hacer lugar al reclamo, con costas.

Segundo: Que ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Coquimbo, la Sociedad Agrícola y Minera Pellegrini Weishaupt Lda. representada por don Fabriciano Rojas Barranti, interpuso recurso de vulneración de derechos, al habérsele retenido por el Servicio de Impuestos Internos, las devoluciones de impuestos correspondientes a los años tributarios 2011, 2012 y 2013, al detectar inconsistencias en las declaraciones de renta, encontrarse restringido el timbraje o no concurrir a las notificaciones del SII, impidiéndole obtener las devoluciones que son de su propiedad con el consiguiente perjuicio económico, infringiendo los artículos 155 del Código Tributario y 19 N° 24 de la Constitución Política de la República.

Tercero: Que el 21 de febrero de 2014, se dicta sentencia definitiva, en que el Tribunal acoge el recurso, disponiendo que el Servicio de Impuestos Internos adopte de inmediato las medidas necesarias a objeto de hacer efectiva la devolución de impuestos solicitada por la reclamante en su declaración de impuesto a la renta del año tributario 2011 y 2012, por la suma de $8.513.336 y $8.287.529, respectivamente, no haciendo lugar a la devolución del impuesto reclamado por el año tributario 2013.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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