Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

CONFIRMADACorte de Apelaciones de Puerto Montt · Rol 23-201814 dic 2018

Southern Cross Seafoods S.A (como Sucesora Legal de Inversiones Cermaq S.A) con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Puerto Montt
Rol23-2018
Fecha sentencia14 dic 2018
RecursoApelación
ResultadoCONFIRMADA

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte de Apelaciones confirma rechazo del SII a deducción de intereses por crédito heredado en división de sociedad, por no cumplir requisitos de gasto necesario del artículo 31 de la Ley de la Renta al ser deuda de operaciones de tercero.

Hechos

Southern Cross Seafoods (sucesora de Inversiones CERMAQ) reclamó ante el Tribunal Tributario y Aduanero deducción de pérdida por intereses de crédito US$131.000.000 heredado en división de Ewos Chile Alimentos Limitada. El SII rechazó la deducción por no ser gasto necesario para producir renta (artículo 31). El Tribunal Tributario y Aduanero acogió el reclamo. El SII apeló ante Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

Considerandos clave

La Corte rechaza la deducción porque: (1) el pasivo fue contraído por otra sociedad (Ewos Chile), solo traspasado por división sin documentación clara de condiciones; (2) Southern Cross inició actividades posterior a la división, por lo que nunca utilizó este crédito en operaciones propias de su giro; (3) un gasto tributario exige ser necesario y directamente relacionado con la actividad del contribuyente, no ser deuda de arrastre de terceros; (4) la sociedad actúa como intermediaria financiera sin que ello sea su giro; (5) los dineros prestados deben ser propiedad de la prestamista, no de terceros; (6) la falta de prueba clara sobre naturaleza y necesidad de la operación determina que no satisface los requisitos legales, siendo aplicable la norma vigente al momento (anterior a octubre 2014).

Resolutivo

Se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo del contribuyente. La deducción por intereses del crédito heredado queda rechazada definitivamente por incumplir requisitos de gasto necesario del artículo 31 de la Ley de la Renta.

Texto de la sentencia

Puerto Montt, catorce de diciembre de dos mil dieciocho.

PRIMERO: Que, Cermaq S.A. nace de la división de Ewos Chile Alimentos Limitada, se le asignan cuentas de patrimonio, activos y pasivos. En este sentido, el crédito por la suma de US$131.000.000, se trata de una deuda contraída por Ewos Chile Alimentos Limitada, producto de varias operaciones de créditos. Este pasivo se traspasa al momento de la división, el actor aporta pagaré suscrito con Cermaq ASA, por medio del cual se obliga a pagar dicha suma, con lo que se acredita que se trata de un pagaré a la vista, pero no se dejan establecidas las condiciones del crédito, por lo que, no queda claro el monto del crédito ni las condiciones, que permitan cotejar lo pactado entre las partes y el registro contable, no siendo posible validar dichos registros.

SEGUNDO: Que, como bien se sostiene, ha sido parcialmente acreditada por el actor, el origen, participación social y modificación de las sociedades Statkorn Fish Feed Chile Limitada, Comercializadora EWOS limitada, Mainstream Salmones y Alimentos S.A., EWOS Chile Alimentos Limitada, e Inversiones Mainstream Limitada, porque no se aportaron las respectivas escrituras públicas de constitución, modificación y división de tales sociedades, siendo la única excepción, la que dice relación con la transformación de Inversiones Mainstream Limitada en Inversiones CERMAQ S.A..

TERCERO: Que, ahora bien, sostener la pérdida rebajada como gasto necesario por Southern Cross Seafoods S.A., sucesora legal de Inversiones CERMAQ S.A., continuadora legal de Inversiones Mainstream Chile Limitada, por concepto de intereses generados en un crédito heredado como producto de la división de EWOS Chile Alimentos Limitada, continuadora legal de Statkorn Fish Feed Chile Limitada, no cumple con los requisitos generales del artículo 31 de la Ley de la Renta, D.L. 824 de 1974, porque la reclamante inició actividades el 23 de octubre de 2013, razón por la que el pasivo heredado no fue utilizado por esta contribuyente en ninguna operación propia de su giro, en términos tales que no satisface la exigencia legal de constituir un gasto necesario para producir la renta, sino que se trata, en cambio, de una deuda de arrastre de operaciones realizadas por otra sociedad, esta es, EWOS Chile Alimentos Limitada.

CUARTO: Que, en este orden de ideas, para que un gasto pueda ser tributariamente aceptado, debe relacionarse directamente con el giro o actividad que se desarrolla, que se trate de gastos necesarios para producir la renta, entendiéndose que es indispensable para un determinado fin, que no se encuentren ya rebajados como parte integrante del costo directo de los bienes y servicios requeridos para la obtención de la renta, que el contribuyente haya incurrido efectivamente en el gasto, sea que este se encuentre pagado o adeudado al término del ejercicio y que se acrediten o justifiquen en forma fehaciente ante el Servicio de Impuestos Internos, es decir, el contribuyente debe probar la naturaleza, necesidad, efectividad y monto de los gastos con los medios probatorios de que disponga, pudiendo ser impugnados por el Servicio, si por razones fundadas no se estimaren fehacientes. Además, que no es aplicable la modificación al artículo 31 N° 1° de la Ley de la Renta, por ser posterior a las operaciones de autos, que han sido objetadas por el Servicio, de modo tal que su deducción con anterioridad al 01 de octubre de 2014 no resultaba posible.

QUINTO: Que, en este sentido, el Servicio no ha cuestionado la existencia del crédito, sino que su aptitud como gasto necesario para producir la renta, en razón del artículo 31 de la Ley de la Renta. Por lo que, la falta de prueba genera que la operación en cuestión, realizada por Inversiones Cermaq S.A., de la cual es continuadora legal Southern Cross Seafoods S.A., aparezca como innecesaria, en tanto la beneficiada pudo haberla realizado directamente, puesto que el único efecto que de ello se deriva fue el de ocasionar una pérdida tributaria a la actora, cuyo resultado forma parte de la pérdida tributaria declarada en el año tributario 2016. A mayor abundamiento, los dineros que una sociedad de inversiones puede prestar a otra empresa con la cual esté o no relacionada, han de ser de su propiedad y no de terceros, pues en caso contrario se convierte en un intermediador financiero, cuya situación es la de autos, en consecuencia, unido lo anterior a que la operación financiera no es parte del giro de la actora, determina que no pudo legítimamente realizarse sin infringir los requisitos de la norma legal citada fijados por el Servicio.

SEXTO: Que, en consecuencia, la sentencia recurrida se encuentra dictada conforme al mérito de los antecedentes, sin alterarse lo razonado por prueba alguna rendida en autos, como se consideró en la propia sentencia.

Y visto además lo dispuesto en los artículos 132 y 139 del Código Tributario, se DECLARA:

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en apelación: la proporción medida sobre los 91 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Puerto Montt

Rol 24-2018Corte de Apelaciones de Puerto Montt21 nov 2018

Marine Harvest Chile S.A con Servicio de Impuestos Internos

Apelación en materia tributaria donde la Corte omite pronunciamiento sobre el fondo y ordena al tribunal de primera instancia complementar la sentencia respecto de alegaciones del SII sobre legalidad de resoluciones y castigo de activos.

Apelación
ConfirmadaRol 25-2018Corte de Apelaciones de Puerto Montt12 feb 2019

Holding And Trading S.A con Servicio de Impuestos Internos

Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirma rechazo de crédito fiscal y gastos por falta de vinculación con giro empresarial tras cese de operaciones.

Apelación
ConfirmadaRol 16-2018Corte de Apelaciones de Puerto Montt4 oct 2018

Agricola Ogf Limitada con Servicio de Impuestos Internos X.D.R

Se confirma sentencia que acogió reclamo de contribuyente sobre acreditación de composición del Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) y crédito por pagos provisionales, con documentación contable que el SII no cuestionó en su mérito.

Apelación
ConfirmadaRol 11-2018Corte de Apelaciones de Puerto Montt12 sep 2018

Servicio de Impuestos Internos con Agricola Ogf Limitada

Se revocó la condena en costas en contra del SII, manteniéndose el fallo de fondo que confirmó la sentencia de primera instancia sobre el litigio tributario entre el SII y Agrícola OGF Limitada.

Apelación
ConfirmadaRol 3-2018Corte de Apelaciones de Puerto Montt5 sep 2018

Aridos y Transportes la Fisca LTDA con Servicio de Impuestos Internos

La Corte de Apelaciones confirma la sentencia del tribunal inferior que rechazó la reclamación tributaria, pues los giros cuestionados se fundaron en declaraciones rectificatorias efectuadas por el propio contribuyente con poder suficiente, sin vicios invalidantes alegados.

Apelación
ConfirmadaRol 21-2018Corte de Apelaciones de Puerto Montt28 mar 2019

Salmones Maullin Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirma sentencia del Tribunal Tributario que parcialmente acoge reclamo de Salmones Maullin contra ajustes del SII, rechazando provisiones anticipadas pero validando depreciaciones tributarias.

Apelación