Limitación de excepciones en ejecución de sentencias de juicio de cuentas
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 8518/2020 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC) |
| Fecha sentencia | 30 jul 2020 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalImpugnación del artículo 127, inciso final, de la Ley 10.336 que limita las excepciones en juicio ejecutivo de sentencias de juicio de cuentas. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento.
Doctrina
La mayoría del Tribunal Constitucional sostuvo que la aplicación del inciso final del artículo 127 de la Ley N° 10.336 al caso concreto vulnera garantías constitucionales como el debido proceso y la igualdad ante la ley, consagradas en el artículo 19 N° 3 y N° 2 de la Constitución, respectivamente. En cuanto al debido proceso, se argumentó que la restricción de excepciones oponibles en el procedimiento ejecutivo derivado de un juicio de cuentas impide a los ejecutados ejercer plenamente su derecho a defensa, al limitar las herramientas procesales disponibles para cuestionar el título ejecutivo. Esto genera una situación de indefensión que contraviene el mandato constitucional de garantizar un procedimiento racional y justo. Respecto a la igualdad ante la ley, se destacó que la norma impugnada establece un trato diferenciado y más gravoso para los ejecutados en juicios de cuentas en comparación con otros procedimientos ejecutivos regulados por el Código de Procedimiento Civil, sin una justificación razonable para dicha diferenciación. La mayoría enfatizó que la naturaleza especial del juicio de cuentas no justifica la restricción de excepciones, ya que el derecho a la defensa debe ser garantizado en todas las etapas del proceso, incluyendo la ejecución. Asimismo, se señaló que la actividad jurisdiccional del Tribunal de Cuentas, al estar inserta dentro de la Contraloría General de la República, exige una observancia rigurosa de las garantías constitucionales, lo que no se cumple al restringir las excepciones oponibles. Como Obiter Dicta, la mayoría mencionó que el juicio de cuentas, aunque tiene una fase administrativa, culmina en una etapa jurisdiccional que debe respetar los estándares del debido proceso, y que la restricción de excepciones no puede justificarse por la etapa procesal en que se encuentra el procedimiento. Además, se indicó que la afectación al derecho de propiedad, aunque no es directa, puede derivar de los efectos patrimoniales de una ejecución basada en un procedimiento que restringe las defensas del ejecutado. Por estas razones, la mayoría concluyó que la norma impugnada es inaplicable al caso concreto por su incompatibilidad con las garantías constitucionales mencionadas.
Normas
Gestión pendiente
Juicio ejecutivo seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Talca
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 127,
INCISO FINAL, DE LA LEY 10.336, DE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
SANTIAGO HERIBERTO CORREA CORREA, CECILIA DEL CARMEN CONTRERAS REYES, Y SERGIO CRISTIAN ORTEGA
EN EL PROCESO ROL C-3788-2019, SOBRE DEMANDA EJECUTIVA, SEGUIDO
ANTE EL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE TALCA
Con fecha 18 de marzo de 2020, Santiago Heriberto Correa Correa, Cecilia del Carmen Contreras Reyes, y Sergio Cristian Ortega Galaz, han presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 127, inciso final, de la Ley 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, en el proceso Rol C-3788-2019, sobre demanda ejecutiva, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Talca.
Precepto legal cuya aplicación se impugna
El texto de los preceptos impugnados dispone: