Limitaciones de excepciones en ejecución de sentencias de juicio de cuentas
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 8519/2020 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC) |
| Fecha sentencia | 30 jul 2020 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe impugnó el artículo 127, inciso final, de la Ley 10.336 (limitación de excepciones en juicio ejecutivo de sentencias de juicio de cuentas). El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento al producirse empate de votos, no habiéndose obtenido la mayoría exigida por el artículo 93, inciso primero, numeral 6°, de la Constitución para declarar la inaplicabilidad requerida.
Doctrina
La mayoría del Tribunal Constitucional, al rechazar el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 127, inciso final, de la Ley N° 10.336, estableció como Ratio Decidendi que la limitación de excepciones en el procedimiento ejecutivo de cumplimiento de sentencia de juicio de cuentas no vulnera las garantías constitucionales del debido proceso ni la igualdad ante la ley, ya que el legislador tiene autonomía para determinar el número y naturaleza de las excepciones oponibles en distintos procedimientos ejecutivos, atendiendo a sus particularidades. Se argumentó que el juicio de cuentas es un procedimiento especial que ya contempla una instancia de lato conocimiento y jurisdicción plena, en la cual los demandados pueden ejercer su derecho a defensa frente a los reparos formulados, y que la fase ejecutiva no es el momento para reabrir discusiones ya zanjadas en el juicio de cuentas. Asimismo, se destacó que la norma impugnada no genera discriminación arbitraria, ya que todos los sujetos sometidos a este procedimiento tienen acceso a las mismas excepciones, y que la restricción de excepciones responde a la naturaleza especial del juicio de cuentas y no a una vulneración de derechos fundamentales. Como Obiter Dicta, la mayoría señaló que el legislador ha establecido diversos procedimientos ejecutivos con diferentes catálogos de excepciones, dependiendo de la naturaleza del título ejecutivo y el tipo de deuda, lo que evidencia que no existe una obligación constitucional de uniformidad en este ámbito. Además, se indicó que la norma impugnada no priva a los ejecutados de su derecho a defensa, ya que este se ejerce en el juicio de cuentas propiamente tal, y que la limitación de excepciones en la fase ejecutiva no torna el procedimiento irracional ni injusto. Finalmente, se mencionó que el Tribunal Constitucional no puede asumir un rol de legislador positivo creando excepciones no contempladas en la ley, ya que ello excedería su competencia como órgano de control de constitucionalidad.
Normas
Gestión pendiente
Juicio ejecutivo seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Talca
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 127,
INCISO FINAL, DE LA LEY 10.336, DE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
SANTIAGO HERIBERTO CORREA CORREA, MARÍA ISABEL ESTER
ROJAS CAMPOS, Y SERGIO CRISTIAN ORTEGA GALAZ
EN EL PROCESO ROL C-3789-2019, SOBRE DEMANDA EJECUTIVA, SEGUIDO
ANTE EL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE TALCA
Con fecha 18 de marzo de 2020, Santiago Heriberto Correa Correa, María Isabel
Ester Rojas Campos, y Sergio Cristian Ortega Galaz, han presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 127, inciso final, de la Ley 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, en el proceso Rol C-3789-2019, sobre demanda ejecutiva, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Talca.