Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

ACOGE EN PARTETC Rol N° 9406/202028 ene 2021

Aplicación retroactiva de requisitos de libertad condicional

TribunalTribunal Constitucional
Rol9406/2020
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA)
Fecha sentencia28 ene 2021
ResultadoACOGE EN PARTE según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se impugnaron los artículos 9 y 3 bis del D.L. N° 321 de 1925 en recurso de amparo ante Corte de Apelaciones de Santiago. El Tribunal Constitucional rechazó la inaplicabilidad respecto de Marco Antonio Bustos Carrasco, Aquiles Navarrete Izarnotegui y Julio Cerda Carrasco, pero la acogió respecto de Rodrigo Pérez Martínez, declarando inaplicables dichos preceptos en el proceso respectivo.

Doctrina

La resolución del Tribunal Constitucional en el caso analizado establece como Ratio Decidendi que la aplicación retroactiva de los artículos 3° bis y 9° del Decreto Ley N° 321, modificados por la Ley N° 21.124, vulnera la garantía constitucional del principio de legalidad penal consagrado en el artículo 19 N° 3 inciso octavo de la Constitución, al modificar las condiciones de cumplimiento de la pena privativa de libertad y los requisitos para acceder a la libertad condicional, en perjuicio de los condenados. Se concluye que la ejecución de la pena debe respetar las condiciones establecidas al momento de la condena, garantizando la certeza y seguridad jurídica, así como la finalidad resocializadora de la pena. La mayoría del Tribunal sostiene que el principio de legalidad penal incluye no solo la determinación de la pena, sino también las circunstancias de su ejecución, rechazando la noción de que el régimen penitenciario sea meramente administrativo y desvinculado del derecho penal. Asimismo, se establece que la aplicación de requisitos más gravosos, como el cumplimiento de dos tercios de la pena y la colaboración sustancial o confesión del delito, constituye una transgresión a los principios de lex praevia y lex mitior, afectando derechos fundamentales de los condenados. Como Obiter Dicta, se señala que la libertad condicional no extingue ni modifica la pena, sino que es un modo particular de cumplimiento que debe observar los principios de proporcionalidad y resocialización. También se destaca que el régimen penitenciario debe estar sujeto al principio de legalidad para garantizar los derechos fundamentales de los condenados, incluyendo la igualdad ante la ley, la proporcionalidad y el acceso a la justicia. Se critica la concepción que separa la ejecución de la pena del derecho penal, argumentando que esta perspectiva desconoce la unidad del sistema penal y los derechos inherentes a los condenados. Finalmente, se enfatiza que la aplicación de los artículos cuestionados genera un trato discriminatorio entre condenados por delitos similares, dependiendo únicamente del momento en que ingresaron a cumplir condena, lo que vulnera la igualdad ante la ley y constituye una discriminación arbitraria.

Normas

Preceptos impugnadosartículo 3 bis · Decreto Ley N° 321artículo 9 · Decreto Ley N° 321
Constitución invocadaartículo 19

Gestión pendiente

La gestión pendiente corresponde al recurso de amparo seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 9 Y 3

BIS, DEL D.L. N° 321, DE 1925, DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, QUE ESTABLECE LA LIBERTAD CONDICIONAL

RODRIGO PÉREZ MARTÍNEZ, MARCO ANTONIO BUSTOS

CARRASCO, AQUILES NAVARRETE IZARNOTEGUÍ, Y JULIO

EN PROCESO ROL INGRESO CORTE AMPARO N° 1917-2020, SOBRE RECURSO

DE AMPARO, SEGUIDO ANTE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO

Con fecha 30 de septiembre de 2020, Maximiliano Eduardo Murath Mansilla, en representación convencional de Rodrigo Pérez Martínez, Marco Antonio Bustos

Carrasco, Aquiles Navarrete Izarnoteguí, y Julio Cerda Carrasco, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 9 y 3 bis, del D.L. N° 321, de 1925, del Ministerio de Justicia, que establece la Libertad

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

Conoce Pro