Facultades del SII para extender plazo de fiscalización en incumplimiento tributario
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 9851/2020 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC) |
| Materia | IVA procedimiento fiscalizador |
| Fecha sentencia | 17 nov 2021 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRequerimiento de inaplicabilidad del artículo único, número 3°, de la Ley N° 18.320 (Normas que Incentivan el Cumplimiento Tributario), por vulnerar garantías de igualdad ante la ley y debido proceso. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento.
Doctrina
La mayoría del Tribunal Constitucional estableció que el artículo único, número 3°, de la Ley N° 18.320, que regula las facultades del Servicio de Impuestos Internos (SII) para extender el plazo de fiscalización en casos específicos, no vulnera las garantías de igualdad ante la ley ni el debido proceso. En cuanto a la Ratio Decidendi, se determinó que la distinción establecida por la ley entre contribuyentes con buen comportamiento tributario y aquellos que no lo tienen es razonable y objetiva, ya que se basa en hechos verificables como la omisión de antecedentes o la presentación de declaraciones maliciosamente falsas, lo que justifica la exclusión del beneficio tributario. Además, se concluyó que el debido proceso está garantizado, ya que las decisiones del SII pueden ser impugnadas ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y posteriormente revisadas por las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema, asegurando así un control jurisdiccional adecuado. En cuanto a los Obiter Dicta, se destacó que el régimen excepcional de fiscalización establecido por la Ley N° 18.320 tiene como finalidad incentivar el cumplimiento tributario, limitando las facultades fiscalizadoras del SII solo a aquellos contribuyentes con conducta irreprochable. Asimismo, se señaló que la normativa permite al SII actuar conforme a los plazos generales de prescripción del Código Tributario en casos de incumplimiento de los requisitos establecidos, lo que no constituye una vulneración de derechos fundamentales, sino una consecuencia lógica de la regulación legal. Finalmente, se enfatizó que la aplicación de la norma cuestionada no implica arbitrariedad, ya que responde a un diseño legislativo que busca equilibrar el incentivo al cumplimiento tributario con la capacidad del Estado para fiscalizar y recaudar impuestos de manera eficiente.
Normas
Gestión pendiente
Recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema.
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO ÚNICO,
NÚMERO 3°, DE LA LEY N° 18.320, QUE ESTABLECE NORMAS QUE INCENTIVAN EL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO
EN EL PROCESO ROL N° 138.217-2020, SEGUIDO ANTE LA CORTE SUPREMA
Con fecha 1 de diciembre de 2020, Transworld Supply Automotriz Ltda., ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo único, número 3°, de la Ley N° 18.320, que Establece Normas que Incentivan el Cumplimiento Tributario, en el proceso Rol N° 138.217-2020, seguido ante la Corte
Precepto legal cuya aplicación se impugna
El texto de los preceptos impugnados dispone:
ARTICULO UNICO. El ejercicio de las facultades del Servicio de Impuestos Internos para examinar la exactitud de las declaraciones y verificar la correcta determinación y pagos mensuales de los impuestos contemplados en el decreto ley 825, de 1974, sólo podrá sujetarse a las siguientes normas:
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