Interés moratorio en cobro de derechos municipales
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 14115/2023 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC) |
| Fecha sentencia | 7 dic 2023 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe impugnó el artículo 48 del Decreto N° 2385 de 1996 y el artículo 53 inciso tercero del Código Tributario en gestión de cobro de derechos municipales. El Tribunal Constitucional rechazó la inaplicabilidad solicitada.
Doctrina
El interés penal del 1,5% mensual contemplado en el artículo 53 del Código Tributario, al cual remite el artículo 48 de la Ley de Rentas Municipales, no vulnera las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso ni derecho de propiedad. Fundamenta que dicho interés tiene naturaleza resarcitoria y no sancionatoria, siendo una obligación accesoria que opera automáticamente como consecuencia del incumplimiento de la obligación tributaria principal, enmarcándose dentro del principio de legalidad tributaria consagrado en el artículo 19 N° 20 de la Constitución. Asimismo, se señala que el legislador ha establecido mecanismos de corrección como la condonación parcial o total y los convenios de pago, lo que permite modular los efectos del interés penal. La mayoría también argumenta que no se configura una discriminación arbitraria, ya que la norma es aplicable a todos los deudores en mora bajo el estatuto del D.L. 3.063, y que el supuesto de mora se encuentra justificado en el deber constitucional de contribuir al bien común mediante el pago de impuestos. El Tribunal destaca que no existe un sistema de precedentes vinculantes en el control de inaplicabilidad, y que la modificación de la línea jurisprudencial previa se justifica en la necesidad de garantizar la coherencia interna del ordenamiento jurídico y la razonabilidad de las normas cuestionadas. Además, se enfatiza que el interés penal de demora cumple una función disuasoria y de avaluación anticipada de perjuicios, siendo compatible con los valores y principios constitucionales. Finalmente, se aclara que la discusión sobre la interpretación contractual entre las partes es una cuestión de legalidad que debe ser resuelta por el juez del fondo, y no por esta Magistratura en sede constitucional.
Normas
Gestión pendiente
Juicio sobre cobro de derechos municipales ante el 29° Juzgado Civil de Santiago Rol C-6452-2022
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 48 DEL DECRETO N° 2385, DE 1996, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO
LEY N° 3063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES, Y ARTÍCULO
53, INCISO TERCERO, DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
JCDECAUX COMUNICACIÓN EXTERIOR CHILE S.A.
EN EL PROCESO ROL C-6452-2022, SEGUIDO ANTE EL VIGÉSIMO NOVENO
JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE SANTIAGO
Con fecha 14 de marzo de 2023, JCDECAUX Comunicación Exterior Chile S.A., ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 48 del Decreto N° 2385, de 1996, del Ministerio del Interior, que fija el texto
Refundido y Sistematizado del Decreto Ley N° 3063, de 1979, sobre Rentas