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INADMISIBLETC Rol N° 86431 ene 2008

Efectos procesales de la derogación constitucional de normas tributarias

TribunalTribunal Constitucional
Rol864
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC)
MateriaInaplicabilidad por inconstitucionalidad - Código Tributario
Fecha sentencia31 ene 2008
SalaSegunda Sala
ResultadoINADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad del artículo 116 del Código Tributario porque este precepto ya había sido declarado inconstitucional en sentencia anterior, quedando derogado.

Doctrina

La declaración previa de inaplicabilidad de un precepto legal es un requisito procesal para que el Tribunal Constitucional pueda pronunciarse posteriormente sobre la inconstitucionalidad del mismo. La inaplicabilidad opera como un control concreto, enfocado en la aplicación de la norma en un caso específico, mientras que la inconstitucionalidad es un control abstracto que contrasta la norma con la Constitución sin considerar los efectos en casos particulares. La declaración de inaplicabilidad no deroga la norma, que sigue vigente pero no aplicable al caso concreto; en cambio, la declaración de inconstitucionalidad deroga el precepto con efectos a futuro, conforme al artículo 94 de la Constitución. La derogación, en el contexto constitucional, implica la cesación de la eficacia de la ley, sin efecto retroactivo. El artículo 116 del Código Tributario, ya derogado, no puede ser objeto de una declaración de inaplicabilidad retroactiva, dado que no existe como precepto legal vigente al momento del requerimiento. La aplicabilidad del artículo 116 del Código Tributario en el caso concreto se ajustó a la preceptiva constitucional en el momento de su aplicación, y que al no concurrir los presupuestos de admisibilidad, el control de constitucionalidad de la aplicación del precepto cuestionado deba entenderse concluido en esta fase de admisibilidad con la declaración precedente.

Normas

Constitución invocadaartículo 93artículo 94

Gestión pendiente

Gestión pendiente ante la Corte Suprema, relativa a la inaplicabilidad del artículo 116 del Código Tributario.

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

Santiago, treinta y una de enero de dos mil ocho.

PRIMERO: Que la Corte Suprema, en uso de la facultad que le otorga el artículo 93 de la Constitución Política, ha sometido al control de constitucionalidad de esta

Magistratura la aplicación del artículo 116 del Código

Tributario en la causa Rol Nº 304-2007, caratulada “VEGA

VILLA SADY con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”, para que, haciendo uso de la referida norma, resuelva por la mayoría de sus miembros en ejercicio, acerca de la inaplicabilidad de dicho precepto legal en términos de si, en dicha gestión, resulta contraria a la Constitución; habiendo evacuado el traslado conferido en autos el representante del contribuyente y el Servicio de Impuestos Internos;

SEGUNDO. Que para emitir pronunciamiento acerca del presente requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, resulta necesario referirse previamente a los alcances que ha provocado en el ejercicio de la jurisdicción, la incorporación a la Carta

Fundamental del control de constitucionalidad sobre ley vigente, por las vías de inaplicabilidad e inconstitucionalidad, ambos de competencia de esta

Magistratura, toda vez que el artículo 116 del Código

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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