Competencia tributaria del director regional en reclamación tributaria
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 875/2002 |
| Competencia | Control Proyecto de Ley (Art. 93 N°1) |
| Materia | Reclamacion tributaria |
| Fecha sentencia | 6 nov 2007 |
| Sala | Pleno |
| Resultado | INADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalEl Tribunal Constitucional declaró inadmisible la impugnación del artículo 116 del Código Tributario en gestión de casación ante la Corte Suprema, porque el precepto no podía resultar decisivo en la resolución del litigio tributario ya que la causa había sido conocida por el Director Regional y no por juez delegado.
Doctrina
La Ratio Decidendi establece que el Tribunal Constitucional declara la inadmisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad cuando el precepto legal impugnado, en este caso el artículo 116 del Código Tributario, no puede resultar decisivo en la resolución del asunto controvertido. El Obiter Dicta señala que la gestión pendiente fue conocida y resuelta en primera instancia por el Director Regional y no por el juez delegado, por lo que el artículo impugnado no tuvo ni puede tener aplicación en la resolución del asunto. El Tribunal analiza los requisitos de admisibilidad del artículo 93 inciso décimo primero de la Constitución, concluyendo que no se cumple el presupuesto de que la aplicación del precepto legal impugnado sea decisiva en la resolución del asunto, por lo que se declara inadmisible el requerimiento.
Normas
Gestión pendiente
Recurso de Casación pendiente ante la Corte Suprema Rol 2578-2007
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
Santiago, seis de noviembre de dos mil siete.
1º. Que con fecha 5 de septiembre, la Corte
Suprema ha requerido a este Tribunal para que en la causa
Rol de Corte Nº 2578-2007, caratulada “MARCOS JARA
LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”, se pronuncie acerca de la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 116 del Código
Tributario, en relación al artículo 76 de la Constitución
2º. Que consta en el expediente remitido que con fecha 27 de septiembre de 2002, Max Barrera Perret, en representación de la sociedad Marcos Jara Limitada interpone reclamación tributaria en contra de liquidaciones que indica, dando origen al proceso rol Nº
10.174-02 de la Primera Dirección Regional de Iquique del Servicio de Impuestos Internos, el cual fuere tramitado en primera instancia por Mario Guzmán Cortes, en calidad de juez tributario delegado, en virtud de la Resolución