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INADMISIBLETC Rol N° 875/20026 nov 2007

Competencia tributaria del director regional en reclamación tributaria

TribunalTribunal Constitucional
Rol875/2002
CompetenciaControl Proyecto de Ley (Art. 93 N°1)
MateriaReclamacion tributaria
Fecha sentencia6 nov 2007
SalaPleno
ResultadoINADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

El Tribunal Constitucional declaró inadmisible la impugnación del artículo 116 del Código Tributario en gestión de casación ante la Corte Suprema, porque el precepto no podía resultar decisivo en la resolución del litigio tributario ya que la causa había sido conocida por el Director Regional y no por juez delegado.

Doctrina

La Ratio Decidendi establece que el Tribunal Constitucional declara la inadmisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad cuando el precepto legal impugnado, en este caso el artículo 116 del Código Tributario, no puede resultar decisivo en la resolución del asunto controvertido. El Obiter Dicta señala que la gestión pendiente fue conocida y resuelta en primera instancia por el Director Regional y no por el juez delegado, por lo que el artículo impugnado no tuvo ni puede tener aplicación en la resolución del asunto. El Tribunal analiza los requisitos de admisibilidad del artículo 93 inciso décimo primero de la Constitución, concluyendo que no se cumple el presupuesto de que la aplicación del precepto legal impugnado sea decisiva en la resolución del asunto, por lo que se declara inadmisible el requerimiento.

Normas

Constitución invocadaartículo 76

Gestión pendiente

Recurso de Casación pendiente ante la Corte Suprema Rol 2578-2007

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

Santiago, seis de noviembre de dos mil siete.

1º. Que con fecha 5 de septiembre, la Corte

Suprema ha requerido a este Tribunal para que en la causa

Rol de Corte Nº 2578-2007, caratulada “MARCOS JARA

LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”, se pronuncie acerca de la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 116 del Código

Tributario, en relación al artículo 76 de la Constitución

2º. Que consta en el expediente remitido que con fecha 27 de septiembre de 2002, Max Barrera Perret, en representación de la sociedad Marcos Jara Limitada interpone reclamación tributaria en contra de liquidaciones que indica, dando origen al proceso rol Nº

10.174-02 de la Primera Dirección Regional de Iquique del Servicio de Impuestos Internos, el cual fuere tramitado en primera instancia por Mario Guzmán Cortes, en calidad de juez tributario delegado, en virtud de la Resolución

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El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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