Prohibición de casación en la forma en procesos tributarios
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 13087/2022 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Materia | Procedimiento tributario y aduanero |
| Fecha sentencia | 31 ene 2023 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalImpresos y Cartonajes S.A. cuestionó los artículos 139 y 140 del Código Tributario (texto anterior a Ley N° 21.210) y el artículo 4° transitorio de esa ley, que prohíben la casación en la forma en procesos tributarios. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad.
Doctrina
La mayoría del Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Impresos y Cartonajes S.A., estableciendo como ratio decidendi que el derecho al recurso, como parte integrante del debido proceso, no implica necesariamente el derecho a un recurso específico como la casación en la forma, y que el legislador tiene la facultad de configurar el sistema recursivo en atención a las características y naturaleza de cada procedimiento, siempre que se respete el derecho a la revisión de las sentencias. Se consideró que la existencia del recurso de apelación, junto con las facultades correctivas del artículo 140 del Código Tributario en su parte no impugnada, satisface las garantías del debido proceso al permitir la revisión de los vicios denunciados por la requirente. Asimismo, se destacó que el artículo 145 del Código Tributario permite la interposición de recursos de casación en contra de las sentencias de segunda instancia, lo que asegura la posibilidad de un control adicional. Como obiter dicta, se señaló que el legislador tiene un amplio margen para determinar los mecanismos de impugnación y que la necesidad de certeza y seguridad jurídica inherente al proceso justifica la preclusión de ciertos recursos. Además, se indicó que el recurso de apelación en materia tributaria cubre los fines propios de la casación en la forma, al otorgar al tribunal de alzada la facultad de corregir vicios en las sentencias de primera instancia. También se enfatizó que la acción de inaplicabilidad no es un recurso procesal y no puede ser utilizada para revivir resoluciones judiciales firmes o ejecutoriadas. Finalmente, se concluyó que no se vulnera la igualdad ante la ley, ya que las disposiciones impugnadas son aplicables de manera uniforme a todos los litigantes en el procedimiento tributario previo a la Ley N° 21.210, y que la restricción de la casación en la forma no afecta el contenido esencial del derecho al recurso ni del debido proceso.
Normas
Gestión pendiente
Recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, Rol N° 233-2021
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LAS FRASES QUE INDICA, CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 139, INCISO
PRIMERO; Y 140, DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, EN SU TEXTO
ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY N° 21.210; Y EN EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO, DE LA LEY N° 21.210.
EN EL PROCESO RIT GR-15-00012-2016, SEGUIDO ANTE EL PRIMER TRIBUNAL
TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGIÓN METROPOLITANA, EN ACTUAL
CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, CON RECURSO DE APELACIÓN, BAJO EL ROL N° 233- 2021 (LIBRO TRIBUTARIO Y ADUANERO)
Con fecha 25 de marzo de 2022, Impresos y Cartonajes S.A, representada por Patricio Sfeir Cataldo, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las frases que indica, contenidas en los artículos 139 inciso primero; y 140 del Código Tributario, en su texto anterior a la entrada en vigencia de la ley N° 21.210, publicada en el diario oficial de 24 de febrero de 2020; y en el artículo 4° transitorio de la Ley N° 21.210 para que ello incida en el proceso RIT
GR-15-00012-2016, seguido ante el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de apelación, bajo el rol N° 233-2021 (Libro Tributario y Aduanero).