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INADMISIBLETC Rol N° 13143/20226 may 2022

Competencia de la Corte de Apelaciones en contencioso administrativo sobre patentes municipales

TribunalTribunal Constitucional
Rol13143/2022
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA)
MateriaPatente municipal
Fecha sentencia6 may 2022
SalaPrimera Sala
ResultadoINADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se impugnó el artículo 355 del Código Orgánico de Tribunales en gestión de contencioso administrativo sobre patentes municipales ante la Corte de Apelaciones de Rancagua. El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento por carecer de fundamento plausible.

Doctrina

La resolución del Tribunal Constitucional en el Rol N° 13.143-22 establece como Ratio Decidendi que el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Sociedad Canaima Inversiones Limitada respecto del artículo 355 del Código Orgánico de Tribunales es inadmisible debido a la falta de fundamento plausible, conforme a lo dispuesto en el numeral 6° del artículo 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. La mayoría argumenta que el requerimiento no cumple con la exigencia constitucional y legal de estar razonablemente fundado, ya que no presenta una línea argumental con suficiente motivación ni fundamentos sólidos que permitan vislumbrar la aptitud del precepto legal impugnado para contravenir la Constitución en su aplicación al caso concreto. Además, se señala que la argumentación del requirente, basada en la supuesta falta de objetividad y justicia del informe del fiscal judicial, no supera el test de plausibilidad constitucional, siendo insuficiente para acreditar la vulneración de los principios de racionalidad y justicia en el procedimiento judicial. Como Obiter Dicta, se menciona que la jurisprudencia de la Magistratura ha establecido que el requisito de 'fundamento plausible' implica la necesidad de articular argumentos inteligibles y razonables que permitan sustentar la pretensión, lo cual no se cumple en este caso. Asimismo, se hace referencia a un caso análogo resuelto en el Rol N° 12.992, donde se aplicó el mismo criterio de inadmisibilidad por falta de plausibilidad constitucional. Finalmente, se destaca que el artículo 355 del Código Orgánico de Tribunales otorga una facultad condicionada al fiscal judicial para emitir conclusiones antes de la sentencia definitiva, lo cual no infringe por sí mismo los principios constitucionales invocados por el requirente.

Normas

Preceptos impugnadosartículo 355 · Código Orgánico de Tribunales
Constitución invocadaartículo 19

Gestión pendiente

Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Sociedad Canaima Inversiones Limitada, respecto del artículo 355, del Código Orgánico de Tribunales, en el proceso Rol N° 23-2020 (Contencioso Administrativo), sobre reclamo de ilegalidad, seguido ante la Corte de Apelaciones de Rancagua.

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

Santiago, seis de mayo de dos mil veintidós.

A fojas 34, ténganse por acompañadas las piezas remitidas.

A fojas 324, a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, estese a lo que se resolverá.

1°. Que, con fecha 7 de abril de 2022, Sociedad Canaima Inversiones Limitada ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 355, del Código Orgánico de Tribunales, en el proceso seguido ante la Corte de Apelaciones de Rancagua, Rol N° 23-2020 (Contencioso Administrativo);

2°. Que, la Primera Sala de esta Magistratura admitió a trámite el requerimiento con fecha 18 de abril de 2022, a fojas 29;

3°. Que, del examen del requerimiento deducido, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por lo que ella será declarada inadmisible, al concurrir en la especie la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la Ley N° 17.997,

Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, esto es, por carecer de fundamento plausible;

4°. Que, a fojas 1, la parte requirente refiere que ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua se sustancia un proceso administrativo seguido en contra de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, en el cual el requirente ha deducido recurso de ilegalidad, fundado en que el actor es titular de patente municipal, Rol N° 2-14.170, la cual autoriza la explotación de máquinas de habilidad y destreza en la comuna, las que fueron otorgadas anterior al año 2016, por lo que no estaría regulado por el Dictamen N° 92.308 de fecha 23 de diciembre de 2016, emitido por la Contraloría

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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