Limitación de causales de casación en reclamaciones tributarias
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 14705/2023 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC) |
| Materia | Conflicto de competencia tributaria |
| Fecha sentencia | 29 ago 2024 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe impugnó el artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil en gestión tributaria de reclamación contra liquidaciones del SII. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad en todas sus partes.
Doctrina
La norma del artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil, que limita las causales del recurso de casación en la forma en juicios regidos por leyes especiales —como el procedimiento de reclamación tributaria—, no es contraria a la Constitución. Dicha restricción es una opción de política legislativa razonable que no vulnera el debido proceso ni la igualdad ante la ley, toda vez que el procedimiento especial tributario ya garantiza un sistema recursivo suficiente con una doble instancia (Tribunal Tributario y Aduanero y Corte de Apelaciones). La Constitución no exige que todos los procedimientos tengan idénticos recursos. La alegación de una supuesta falta de fundamentación de la sentencia de fondo es una cuestión de mérito y legalidad que compete a la judicatura ordinaria y no a la justicia constitucional.
Normas
Gestión pendiente
Proceso Rol N° 175452-2023, sobre recursos de casación en la forma y en el fondo, seguidos ante la Excma. Corte Suprema.
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 768, INCISO SEGUNDO, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
EN EL PROCESO ACTUALMENTE PENDIENTE EN RECURSOS DE CASACIÓN EN LA FORMA Y EN EL FONDO ANTE LA EXCMA. CORTE SUPREMA, BAJO EL ROL
A fojas 1, con fecha 4 de septiembre de 2023, Inmobiliaria Puente Limitada acciona solicitando se declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso actualmente pendiente en recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Excma. Corte Suprema, bajo el Rol N°175.452-2023, y caratulado
“INMOBILIARIA PUENTE LIMITADA con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS
Preceptiva legal cuya aplicación se impugna
Artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil
“En los negocios a que se refiere el inciso segundo del artículo 766 sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1°, 2°, 3°, 4°, 6°, 7° y 8° de este artículo y también en el número 5° cuando se haya omitido en la sentencia la decisión del asunto controvertido.”
Antecedentes y conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal Constitucional