Régimen tributario preferencial para Magallanes
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 15092/2024 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC) |
| Materia | Regimen preferencial aduanero y tributario |
| Fecha sentencia | 5 abr 2024 |
| Sala | Segunda Sala |
| Resultado | INADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalNova Austral impugnó el artículo 9° incisos primero y segundo de la Ley N° 18.392 sobre régimen tributario en Magallanes. El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento por falta de fundamento plausible, considerando que el conflicto era esencialmente interpretativo de legalidad y no constitucional.
Normas
Gestión pendiente
Proceso Rol N° 9-00016-2021, seguido ante el Tribunal Tributario y Aduanero Región de Magallanes y la Antártica Chilena, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, bajo el Rol N° 11- 2023.
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
Santiago, cinco de abril de dos mil veinticuatro.
1°. Que, a fojas 1, Nova Austral S.A. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 9°, inciso primero, y segundo, de la Ley
N° 18.392, que establece un régimen preferencial aduanero y tributario para el territorio de la XII Región de Magallanes y de la Antártica chilena, por un plazo de 25 años, en el proceso Rol N° 9-00016-2021, seguido ante el Tribunal Tributario y Aduanero Región de Magallanes y la Antártica Chilena, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, bajo el Rol N° 11- 2023;
2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal ordenó la cuenta del requerimiento ante la Segunda Sala, acogiéndose a tramitación por resolución de 15 de enero de 2024, a fojas 71. Seguidamente, con fecha 1 de febrero de 2024, se convocó a las partes a alegatos respecto de la admisibilidad del requerimiento, los que tuvieron lugar con fecha 5 de marzo de 2024, conforme certificación de fojas 1039;
3°. Que, precluido lo anterior, se constata la concurrencia de la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la Ley Orgánica
Constitucional de esta Magistratura con relación a lo dispuesto en el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución, en tanto el requerimiento adolece de falta de fundamento plausible o razonable;
4°. Que, la requirente refiere que con fecha 30 de junio de 2020 el Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la citación N° 56, por la cual solicitó a Nova Austral S.A.
la rectificación de sus declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el período julio de 2017 a diciembre de 2019, considerando que las rebajas de crédito fiscal declaradas por la empresa habrían sido improcedentes, en la medida que las ventas realizadas a contribuyentes acogidos al régimen tributario preferencial de la Ley