Acceso a información bancaria y procedimientos de fiscalización tributaria
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 15796/2024 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Materia | Reforma tributaria - cumplimiento de obligaciones tributarias |
| Fecha sentencia | 17 oct 2024 |
| Resultado | CONTROL PREVENTIVO según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe controló constitucionalmente un proyecto de ley que dicta normas para asegurar el cumplimiento de obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico. El Tribunal Constitucional controló múltiples disposiciones del Código Tributario relativas a competencia tributaria, acceso a información bancaria y procedimientos de fiscalización.
Doctrina
Son materias propias de ley orgánica constitucional, conforme al artículo 8° inciso tercero de la Constitución, aquellas que determinan qué autoridades y funcionarios deben declarar sus intereses y patrimonio en forma pública, así como las condiciones en que deben hacerlo. Inciden en el artículo 38 inciso primero aquellas normas que organizan la estructura básica del Servicio de Impuestos Internos, del Consejo Tributario, del Comité Ejecutivo y los principios técnicos de la función pública vinculados a la administración tributaria. Son propias del artículo 77 inciso primero las disposiciones que modifican la organización y atribuciones de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, incluyendo competencia, procedimiento y atribuciones del juez tributario. También revisten naturaleza de LOC las normas que, conforme al artículo 108 de la Constitución, regulan aspectos relacionados con la utilización de medios de pago y su fiscalización, en cuanto se vinculen a la política monetaria y atribuciones del Banco Central.
Normas
Texto de la sentencia
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE DICTA NORMAS PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DENTRO DEL PACTO POR EL CRECIMIENTO ECONÓMICO, EL PROGRESO SOCIAL Y LA RESPONSABILIDAD FISCAL, CORRESPONDIENTE AL BOLETÍN N°
I. PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
PRIMERO: Que, por Oficio N° 19.871, de 27 de septiembre de 2024, ingresado a esta Magistratura con igual fecha, la H. Cámara de Diputadas y Diputados ha remitido copia autenticada del Proyecto de Ley, aprobado por el Congreso Nacional, que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal, correspondiente al boletín N° 16.621-05, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93 inciso primero, N° 1°, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de la letra c) del numeral 9; del inciso penúltimo del artículo 59 ter incorporado por el numeral 21; del numeral 25; del artículo 65 bis contenido en el numeral 28; del número 2 del artículo 65 ter incorporado por el numeral 29; del artículo 92 ter propuesto en el numeral 36; de los numerales 42 y 44,
TRESCIENTOS VEINTITRES y de las letras e) y f) del numeral 57, todos numerales del artículo 1 permanente; del inciso tercero del artículo 8 bis incorporado por el numeral 1; del numeral 5; de la letra
a) del numeral 11, y de la letra b) del numeral 21, todos numerales del artículo 4 permanente; del numeral 1, de los párrafos primero y tercero de la letra D del artículo
3° ter propuesto en el numeral 2 y del numeral 6 del artículo 8 permanente, y del numeral 1 y de la letra b) del numeral 2 del artículo 10 permanente, del proyecto de ley;
SEGUNDO: Que, el N° 1 del inciso primero del artículo 93 de la Constitución