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RECHAZA INAPLICABILIDADTC Rol N° 16139/202527 nov 2025

Mérito ejecutivo del certificado de deuda por patentes municipales

TribunalTribunal Constitucional
Rol16139/2025
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC)
MateriaPatente municipal
Fecha sentencia27 nov 2025
ResultadoRECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se impugnó el artículo 47 del D.L. Nº 3.063 de 1979 en un juicio ejecutivo municipal. El Tribunal Constitucional rechazó la inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la norma que otorga mérito ejecutivo al certificado de deuda emitido por el secretario municipal.

Doctrina

Es constitucional otorgar mérito ejecutivo al certificado del secretario municipal para el cobro de patentes; los cuestionamientos sobre el origen de la deuda son de mera legalidad.

Normas

Gestión pendiente

Juicio ejecutivo Rol C-4191-2023 ante el Primer Juzgado de Letras de Osorno

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 47 INCISO

PRIMERO DEL D.L. N° 3063, DE 1979, LEY DE RENTAS

MUNICIPALES, CUYO TEXTO REFUNDIDO Y SISTEMATIZADO FUE

FIJADO POR EL DECRETO N° 2385, DE 1996, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

INVERSIONES CASANOVA S.A. Y JOSÉ BAYELLE NAHUM

EN EL PROCESO ROL C-4191-2023, SEGUIDO ANTE EL PRIMER JUZGADO

DE LETRAS DE OSORNO, EN ACTUAL CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA, POR RECURSO DE APELACIÓN, BAJO EL ROL N° 1707-2024 (CIVIL)

Que, Inversiones Casanova S.A. y José Bayelle Nahum accionan de inaplicabilidad respecto de la frase "para efectos del cobro judicial de las patentes, derechos y tasas municipales, tendrá mérito ejecutivo el certificado que acredite la deuda emitido por el secretario municipal", contenida en el artículo 47 inciso primero primera parte, del D.L. N° 3.063, de 1979, sobre Rentas

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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