Debido proceso en procedimientos tributarios
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 4308 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Materia | Procedimiento tributario |
| Fecha sentencia | 21 mar 2018 |
| Sala | Primera Sala |
| Resultado | INADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalEl Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad deducido por Empresas Pizarreño S.A. contra los artículos 3, inciso final, y 51 de la Ley N° 19.880, por carecer de fundamento plausible al efectuar un reproche abstracto sin explicar fundadamente una infracción constitucional en el caso concreto.
Normas
Gestión pendiente
Causa Rol N° 154-2071 del libro tributario y aduanero de la Corte de Apelaciones de Santiago
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
Santiago, veintiuno de marzo de dos mil dieciocho.
Proveyendo a fojas 33, a lo principal y segundo otrosí, teéngase presente; y al primer otrosí, ténganse por acompañados los documentos.
A fojas 36, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer otrosí, estése a lo que se resolverá, y al segundo otrosí, téngase presente.
1%. Que, por resolución de 1” de febrero de 2018, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Empresas Pizarreño S.A. respecto de los artículos 3, inciso final, y 51, ambos de la Ley N
19.880, en el marco de los autos caratulados “EMPRESAS
PIZARREÑO S.A. con SII”, Rol N* 154-2071, del libro tributario y aduanero de la Corte de Apelaciones de Santiago;
2%. Que, en la misma resolución, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite, traslado que fue evacuado por el Servicio de Impuestos Internos;
3”. Que el artículo 84, N” 6, de la Ley N0 17.997,