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RECHAZA INAPLICABILIDADTC Rol N° 11459/202110 ene 2022

Retención de devoluciones de impuestos a la renta por deuda de crédito solidario

TribunalTribunal Constitucional
Rol11459/2021
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC)
MateriaImpuesto a la renta, devolución de impuestos
Fecha sentencia10 ene 2022
SalaPleno
ResultadoRECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se impugnó el artículo 1° de la Ley N° 19.989 que faculta a la Tesorería General de la República a retener devoluciones de impuestos a la renta de deudores del crédito solidario universitario. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad.

Normas

Preceptos impugnadosartículo 1 · Ley N° 19.989
Constitución invocadaartículo 19

Gestión pendiente

Recurso de protección Rol N° 17.360-2021 seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 19.989, QUE ESTABLECE FACULTADES PARA LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Y MODIFICA LA LEY Nº

19.848, SOBRE REPROGRAMACIÓN DE DEUDAS A LOS FONDOS

EN EL PROCESO ROL N° 17.360- 2021-PROTECCIÓN, SEGUIDO ANTE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO

Con fecha 21 de julio de 2021, Andrés Vrankovic Chávez, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1° de la Ley N° 19.989, para que incida en el proceso Rol N° 17.360- 2021-Protección, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Precepto legal cuya aplicación se impugna

El texto de los preceptos impugnados dispone:

Código de validación: 95529891-5fa9-41a5-8bab-b19d9a45f652, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/

Artículo 1°.- Facúltase a la Tesorería General de la República para retener de la devolución anual de impuestos a la renta que correspondiere a los deudores del crédito solidario universitario regulado por la ley Nº19.287 y sus modificaciones, los montos de dicho crédito que se encontraren impagos según lo informado por la entidad acreedora, en la forma que establezca el reglamento, e imputar dicho monto al pago de la mencionada deuda.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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