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| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 922/2007 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Materia | Inaplicabilidad por inconstitucionalidad - Código Tributario |
| Fecha sentencia | 18 oct 2007 |
| Sala | Segunda Sala |
| Resultado | INADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalEl Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 116 del Código Tributario formulado por la Corte Suprema, por cuanto ya había resuelto el fondo del asunto en sentencia de 20 de marzo de 2007, en el proceso Rol 604-2006.
Normas
Gestión pendiente
Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante la Corte Suprema en causa Rol N° 3089-2007.
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
Santiago, dieciocho de octubre de dos mil siete.
1%. Que con fecha 5 de septiembre de 2007, la Corte Suprema ha requerido a este Tribunal para que, en la causa Rol Corte Suprema N” 3089-2007, caratulado
“MIGUEL NASUR ALLEL c/SII”, se pronuncie acerca de la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 116 del Código Tributario, en relación al artículo 76 de la Constitución Política de la República;
2%. Que con fecha 4 de octubre de 2006, se inició ante este Tribunal el proceso Rol 604-2006, mediante requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad recaído en el artículo 116 del Código Tributario, en la causa Rol N” 8587-2002, de la Corte de Apelaciones de Santiago, Ccaratulado “MIGUEL
NASUR ALLEL c/sll”, es decir, en el mismo proceso en que se plantea el requerimiento individualizado en el considerando anterior;
3%. Que, en la citada causa Rol 604-2006, con fecha 20 de marzo de 2007, a fojas 47, esta Magistratura dictó sentencia definitiva en dicho proceso de inaplicabilidad, resolviendo el fondo de la cuestión de constitucionalidad planteada;
4%. Que, consta, tanto en la causa de inaplicabilidad como en el proceso en que dicha cuestión incide, que la sentencia antes individualizada fue debidamente notificada;
5%. Que, en tales circunstancias, la materia a que se refiere el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad formulado por la Corte Suprema en la causa Rol Corte N” 3089-2007, ya fue resuelta por la cue) antedicha sentencia de esta Magistratura de 20 de marzo de 2007.