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INADMISIBLETC Rol N° 748/20079 ene 2008

Improcedencia de requerimiento de inaplicabilidad por previa declaración de inconstitucionalidad

TribunalTribunal Constitucional
Rol748/2007
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA)
MateriaCodigo tributario articulo 116
Fecha sentencia9 ene 2008
SalaPrimera Sala
ResultadoINADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad del artículo 116 del Código Tributario porque ese precepto ya había sido declarado inconstitucional por el propio Tribunal en gestión anterior.

Normas

Constitución invocadaartículo 93artículo 94

Gestión pendiente

Recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Temuco, Rol Nº 891-2005

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

Santiago, nueve de enero de dos mil ocho.

1. Que el abogado señor Jorge Rathgeb Schifferli, en representación de don José Navarro Sanhueza, ha deducido un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 116 del Código

Tributario, en relación con los autos sobre recurso de apelación deducido en contra de sentencia de primera instancia, Rol N”* 891-2005, de los que conoce actualmente la Corte de Apelaciones de Temuco;

2%. Que el Presidente del Tribunal ordenó que se diera cuenta del requerimiento de inaplicabilidad deducido en la Primera Sala para que se pronunciara sobre su admisibilidad;

3. Que el artículo 93, inciso primero, N* 6%, de la Constitución Política señala que es atribución de este

Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”;

4%. Que la acción de inaplicabilidad instaura un proceso dirigido a examinar la constitucionalidad de un precepto legal cuya aplicación en una gestión pendiente que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución. En consecuencia, la inaplicabilidad es un medio de accionar en contra de la aplicación de normas legales determinadas, que naturalmente se encuentran vigentes mientras no conste su derogación, que hayan sido ¡invocadas en una gestión

Judicial y que puedan reshltar derecho aplicable en la causa en que inciden; |

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El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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