Impugnación de constitucionalidad en gestión ante órgano administrativo
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 1381/2009 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Materia | Inaplicabilidad constitucional - Ley 19.989 |
| Fecha sentencia | 20 may 2009 |
| Sala | Primera Sala |
| Resultado | INADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalEl Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad del artículo 1 de la Ley N° 19.989 porque la gestión pendiente ante la Tesorería General de la República no constituye una gestión ante tribunal ordinario o especial, sino ante un órgano administrativo.
Normas
Gestión pendiente
Gestión administrativa ante la Tesorería General de la República.
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
Santiago, veinte de mayo de dos mil nueve.
1. Que asistieron a la sesión de la Primera Sala fijada para el día de hoy, su Presidente (S), señor Mario
Fernández Baeza, y los Ministros señores Marcelo Venegas
Palacios, Enrique Navarro Beltrán, Francisco Fernández
2. Que se dio cuenta del requerimiento, a los efectos de su examen de admisibilidad.
Santiago, veinte de mayo de dos mil nueve.
Proveyendo a fojas 31: A lo principal y segundo otrosí, ténganse por acompañados los documentos indicados; al primer otrosí, téngase presente.
Proveyendo escrito de esta misma fecha: Téngase presente.