Resolución Exenta N° 96 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 96 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
31-08-2023
Materia
Reemplazo de formatos e instrucciones de declaraciones juradas N°1929, 1907, 1937, 1946, 1950 y 1951
Normas citadas
DFL7, art. 1; Ley de la Renta (DL 824), art. 10; Ley de la Renta (DL 824), art. 101; Ley de la Renta (DL 824), art. 11; Ley de la Renta (DL 824), art. 14; Ley de la Renta (DL 824), art. 3; Ley de la Renta (DL 824), art. 38; Ley de la Renta (DL 824), art. 41 A; Ley de la Renta (DL 824), art. 41 B; Ley de la Renta (DL 824), art. 41 E
Criterio
Se reemplazan los formatos e instrucciones de llenado de las declaraciones juradas N° 1929, 1946, 1907, 1937, 1950 y 1951 para aclarar el uso de herramientas, precisar momentos de reporte, incluir valores negativos y realizar ajustes operacionales. La presente resolución rige para declaraciones juradas presentadas a partir del año tributario 2024 respecto de operaciones del año comercial 2023 en adelante.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 31 de agosto de 2023 Lugar: Santiago Materia: Reemplazo de formato e instrucciones de llenado de declaraciones juradas --- Lo dispuesto en los artículos 6° letra A N° 1 y 33 bis del Código Tributario, contenido en artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974; En los artículos 1°, 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; En los artículos 3°, 10, 11, 14, 38, 41 A, 41 B, 41 E N° 6, 41 G, 58, 59, 60, 62, 63, 74, 79, 82 y 101 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del D.L. N° 824 de 1974; Las instrucciones impartidas en las Resoluciones Exentas SII: - N° 107 de 2017 y sus modificaciones posteriores - N° 127 de 2022 - N° 126 de 2016 y sus modificaciones posteriores - N° 101 de 2020 --- PRIMERO: Que a este Servicio le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente y, asimismo, fiscalizar en forma eficiente y oportuna la correcta aplicación de las franquicias y beneficios tributarios que la ley establece; SEGUNDO: Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 bis del Código Tributario, junto con sus declaraciones, los contribuyentes deberán acompañar o poner a disposición del Servicio, en virtud de las disposiciones legales o administrativas que correspondan, documentos y antecedentes, pudiendo este Servicio, mediante resolución fundada, requerir a los contribuyentes informes o declaraciones juradas sobre materias específicas e información determinada propia del contribuyente o de terceros; TERCERO: Que este Servicio, mediante Resolución Exenta SII N° 127 de 2022, reguló la obligación de presentar la declaración jurada Formulario N° 1929 "Declaración Jurada Anual sobre Operaciones en el Exterior"; y mediante Resoluciones Exentas SII N° 107 de 2017 y sus modificaciones posteriores, reguló la obligación de presentar la declaración jurada Formulario N° 1946 "Declaración Jurada Anual sobre Operaciones en Chile", instruyendo la forma y plazo en que dichos formularios debían ser presentados; CUARTO: Que este Servicio, en materia de precios de transferencia, reguló mediante las Resoluciones Exentas SII N° 126 de 2016 y sus modificaciones posteriores, y N° 101 de 2020, la obligación de presentar las siguientes declaraciones juradas: | Formulario | Denominación | | --- | --- | | N° 1907 | Declaración Jurada Anual sobre Precios de Transferencia | | N° 1937 | Declaración Jurada Anual sobre el Reporte País por País | | N° 1950 | Declaración Jurada Anual Archivo Maestro | | N° 1951 | Declaración Jurada Anual sobre Archivo Local | Instruyendo la forma y plazo en que dichos formularios debían ser presentados; QUINTO: Que resulta necesario reemplazar los formatos e instrucciones de llenado de las declaraciones juradas a que se refieren las resoluciones señaladas precedentemente, con la finalidad de: - Aclarar el uso de herramientas tales como el expediente electrónico - Precisar el momento en que deben informarse ciertas operaciones - Incluir la opción de informar valores negativos - Otros ajustes operacionales --- PRIMERO: Reemplázanse el formato de las Declaraciones Juradas Formularios N° 1929 y 1946 y sus correspondientes instrucciones de llenado, por el formato e instrucciones contenidas en los Anexos N° 1 al 4 de la presente resolución; SEGUNDO: Reemplázanse las instrucciones de llenado de las Declaraciones Juradas Formularios N° 1907 y 1937, por las instrucciones contenidas en los Anexos N° 5 y 6 de la presente resolución; TERCERO: Reemplázanse las instrucciones de llenado de las Declaraciones Juradas Formularios N° 1950 y 1951, por las instrucciones contenidas en los Anexos N° 7 y 8 de la presente resolución; CUARTO: Los Anexos N° 1 al 8 de la presen

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA