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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA OSNOVIKOFF LIMITADA con SII
Fecha: 30-11-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Constructora Osnovikoff contra liquidaciones de IVA y Renta por no acreditar efectividad de operaciones con proveedores cuyas facturas fueron calificadas como ideológicamente falsas.
Constructora Osnovikoff fue fiscalizada por el SII en período 2011-2014 respecto a IVA. Se detectaron proveedores con irregularidades, especialmente Katherine Siniga Muñoz (RUT 76.095.234-6), cuyas facturas fueron calificadas como ideológicamente falsas. El SII emitió liquidaciones 115 a 122 (30.06.2016) rechazando crédito fiscal IVA y deducción de costos por falta de respaldo documentario y operaciones no acreditadas fehacientemente. La reclamante no presentó documentación completa en plazos de fiscalización y no aportó órdenes de trabajo, guías de despacho, ni comprobantes de efectivas opera
El Tribunal analiza tres cuestiones: (1) falta de acreditación de operaciones efectivas y documentación suficiente. La reclamante no proporcionó órdenes de trabajo, guías de despacho ni comprobantes de ingreso de materiales, siendo estos insuficientes conforme artículo 21 CT. (2) Malicia tributaria: Se advirtió y probó por el SII que la reclamante utilizó documentos no fidedignos, habilitando plazo de prescripción ampliado a 6 años conforme artículo 200 CT. La malicia es de orden tributario, consistente en adjuntar documentos falsos o doctrinariamente cuestionables. (3) Prescripción: Las liqui
Se rechaza la excepción de prescripción. Se rechaza el reclamo. Se confirman íntegramente las liquidaciones 115 a 122 de 30.06.2016. Se giran los impuestos correspondientes. No se condena en costas.
PA
“CONSTRUCTORA OSNOVIKOFF LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a treinta de noviembre de dos mil veintidos.
VISTOS.
El escrito de fecha 18.10.2016, mediante el cual don Osvaldo García Rojas, en representación de CONSTRUCTORA OSNOVIKOFF LIMITADA , RUT 76.026.511 -K, ambos domiciliados en calle Estoril 120 oficina 509, comuna de Las Condes , deduce reclamo en contra de las Liquidaciones Nºs 115 a 122, de fecha 30.06.2016, emitidas por la XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, representado legalmente por don Christian
Fernando Soto Torres , Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, según Resolución TRA Nº 246/1758/2015, de 30.10.2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N°281, piso 12, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 a 63, comprobante de distribución de causa ; copia simple de las Liquidaciones Nºs 115 a 122, de fecha 30.06.2016, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos; copia simple Escritura de Constitución y su respectivo extracto de la sociedad Osnovikoff Ltda.; E scritura Pública de Mandato Judicial otorgado por el representante legal de Osnovikoff Ltda., don Alexei Sergio Osnovikoff Devet y copias simples de cartolas bancarias del Banco Security desde el 18.08.2011 al 13.03.2012; escrito de reclamo; otro escrito de la parte reclamante de delega poder; resolución del tribunal que los provee, tiene por interpuesto el reclamo, confiere traslado, y se tenga presente, junto al testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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