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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES PRADERAS DE LA DEHESA LIMITADA con SII
Fecha: 27-03-2023 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola; Resolución
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de bien raíz no agrícola por no acreditar error en tablas de clasificación; confirma Resolución SII N° 175 y rechaza pretensión sobre sobretasa por incompetencia jurisdiccional.
Inversiones Praderas de la Dehesa Limitada es propietaria del Lote 1A-A ubicado en Bernardo Larraín Cotapos N° 11.396, Lo Barnechea, con superficie de 69.613,23 m². El SII mediante Resolución Exenta N° 175 de 31.12.2020 fijó nuevo avalúo para el reavalúo 2021 de bienes raíces no agrícolas, clasificando el predio como sitio eriazo y aplicando sobretasa del 100% conforme artículo 8 Ley sobre Impuesto Territorial. La reclamante interpone reclamo el 09.07.2021 alegando error en aplicación de tablas de clasificación y carencia de servicios de agua potable y recolección de aguas servidas.
El tribunal analiza que la reclamante funda su reclamo en causal N° 2 del artículo 149 CT (aplicación errónea de tablas de clasificación y superficie de calidades de terreno), pero sus alegaciones se orientan solo a comparar valores con otras áreas homogéneas sin acreditar error en las tablas aplicadas al predio. Las causales de reclamo de avalúo son taxativas en el artículo 149 CT, siendo restrictivas su interpretación. Respecto de la sobretasa, el tribunal concluye que no constituye materia reclamable jurisdiccionalmente, sino que debe seguirse la vía administrativa regulada en Circular N° 3
Se rechaza en todas sus partes el reclamo deducido. Se confirma la Resolución Exenta SII N° 175 de 31.12.2020. Se condena a la reclamante al pago de costas por $1.000.000 por carecer de motivo plausible para litigar.
1 s.s.
“INVERSIONES PRADERAS DE LA DEHESA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a veintisiete de marzo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
El escrito de fecha 09.07.2021, por el que don Luis Felipe Ocampo Moscoso , en representación de Inversiones Praderas de la Dehesa Limitada, RUT N° 76.055.896-6, ambos domiciliados para estos en Avenida El Rodeo 12.699, Local 8, Comuna de Lo Barnechea, deduce reclamo en contra del Avalúo Fiscal determinado mediante la Resolución Exenta N° 175, de fecha 31.12.2021, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, RUT N° 60.803.315-7, representado legalmente por don Christian Soto Torres, nombrado mediante Resolución TRA N° 246/1758/2015, de 30.10.2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina 1003, Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 a 2, Certificado de envío y recepción de fecha 09.07.2021.
A fs. 3 a 20, Reavalúo de bienes raíces no agrícolas , correspondiente a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros 2021. Resolución Ex. SII N° 175, de 31.12.2020, que fija los valores de terrenos y construcciones para el reavalúo 2021. Plazos para presentar recursos de reposición administrativa ante el SII, Reavalúo sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros ubicados en áreas urbanas 2020. Notificación Expediente Administrativo 10.702-2021- Lo Barnechea, de fecha 07.07.2021; Mandato Especial de Inversiones Praderas de la Dehesa Ltda. a don Luis Felipe Ocampo Moscoso y otros, de fecha 29.10.2019, Repertorio N° 17.506-2019.
A fs. 21 a 59, Modificación de Sociedad de Responsabilidad Ltda. de Inversiones
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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