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Tribunal · solo Pro
AGROFRUTA LIMITADA con SII
Fecha: 29-05-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+6.000M No Ha Lugar
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Agrofruta Limitada contra liquidaciones de impuesto a la renta 2014-2015 por $2.405.486.704, revocando algunas partidas cuestionadas por el SII.
Agrofruta Limitada fue liquidada por el SII en años tributarios 2014 y 2015 por reintegro, impuesto a la renta primera categoría e impuesto único artículo 21, por monto de $2.405.486.704. La sociedad reclamó administrativamente. El SII cuestionó partidas relativas a: seguro de cesantía 1,6% empleador, corrección monetaria del capital propio tributario (good will), depreciación tributaria tras división societaria de 2013, y pérdida tributaria acumulada. Se rindió prueba documental, testimonial y pericial durante el procedimiento.
El tribunal analizó cada partida cuestionada. Respecto al seguro de cesantía 1,6%, concluyó que corresponde a cotización previsional deducible cuando se cumplen condiciones legales de despido sin derecho a indemnización, y que la reclamante acreditó su registro contable separado. Para la corrección monetaria del CPT derivada del good will de absorción en 2004, estimó que el SII ya la había revisado en su momento. En depreciación tributaria, consideró que la reclamante acreditó mediante prueba pericial el ajuste a normas de vida útil vigentes (Resolución SII N°43/2002) y al reglamento de contab
Se revocaron parcialmente las liquidaciones. Se aceptó deducción por seguro de cesantía 1,6%, corrección monetaria del CPT incluyendo good will, y depreciación tributaria conforme a vida útil reglamentaria. Se rechazó parcialmente la pérdida acumulada por insuficiencia probatoria en ciertos aspectos.
Avm.-
AGROFRUTA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
STGO ORIENTE.
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
En Providencia, a veintinueve de mayo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
El escrito, de 20.12.2017, en que comparece don Ramón Dreyse Dañobeitía, abogado, en representación convencional de la sociedad AGROFRUTA LIMITADA, RUT N°77.618.380-6, del giro de su denominación, ambos domiciliados en calle Rosario Norte N°555, oficina 701, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien dedujo reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamación en contra de las Liquidaciones Nos1018 a 1021, de 30.08.2017, que le liquidó Reintegro e Impuesto a la Renta de Primera Categoría, para el Año Tributario 2014; e Impuesto a la Renta de Primera Categoría e Impuesto Único del Artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta, para el Año Tributario 2015, por el monto de $2.405.486.704.-, emanada de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, RUT N°60.803.315-7, representado en autos por don Christian Soto Torres, Director Regional a la época, según Resolución Exenta N°246/1758/2015, de 30.10.2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N°281, piso 5, oficina N°503-504, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos, A fojas 1 a 53, Comprobante de distribución de causas. Escrito de reclamo y documentos fundantes acompañados, algunos de los cuales se ingresaron como físicos no escaneables, con la resolución que lo proveyó teniendo por interpuesto el reclamo, confiriendo traslado al Servicio de Impuestos Internos (SII) y ordenando la custodia de los documentos físicos no escaneables y testimonio de notificación por el sitio de internet del tribunal a la parte reclamante y por correo electrónico a la parte reclamada. Consta certificado de secretaría del tribunal que da cuenta del hecho de haberse ingresado en Custodia N°9-2018, los documentos señalados. 1
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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