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Tribunal · solo Pro
MARCIAL BARBOSA CONSTRUCCIONES Y MAQUINARIAS LIMIT con SII
Fecha: 26-10-2023 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Se acoció reclamo contra liquidación de Impuesto Primera Categoría por error de digitación en declaración de ingresos ($72.000.000 en lugar de $7.200.000), dejándose sin efecto la liquidación al desvirtuarse su sustento fáctico.
Marcial Barbosa Construcciones y Maquinarias Ltda. presentó Declaración Anual AT 2014 con error de digitación en código 628 (ingresos $72.000.000 en lugar de $7.200.000). SII emitió Liquidación N° 415000000373 por $14.394.884 en Impuesto Primera Categoría más intereses. Contribuyente no respondió citación de fiscalización N° 144519018 del 08.11.2016. Posteriormente acreditó con libros contables y facturas que los ingresos efectivos fueron $7.200.000 por arrendamiento de vehículos.
El tribunal analizó la prueba aportada por la reclamante, verificando en sus libros contables, libro mayor, balance tributario y facturas que los ingresos efectivamente percibidos fueron $7.200.000, no $72.000.000. Se constató que la liquidación carecía de sustento fáctico al no acreditarse los ingresos en que se basaba. El tribunal citó el artículo 21 del Código Tributario respecto a la carga probatoria y la Circular N° 51 de 2005 sobre vicios manifiestos corregibles. Concluyó que desvirtuada la liquidación por falta de hechos gravables efectivos, no puede aplicarse carga tributaria inexisten
Se acogió el reclamo deducido el 13.09.2017 y se dejó sin efecto íntegramente la Liquidación N° 415000000373 de 16.05.2017 por carecer de sustento fáctico. Se declaró que no hay condena en costas al estimar motivo plausible para litigar.
LPP 1
"MARCIAL BARBOSA CONSTRUCCIONES Y MAQUINARIAS LIMIT con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS;
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
Providencia, a veintiséis de octubre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
El escrito de 13.09.2017, presentado por doña Melisa Evelyn Naranjo Farfán, abogada, RUT N° 17.149.246-7, y doña María Paz Guerra Fuenzalida, abogada, RUT N° 10.960.655-3, en representación de MARCIAL BARBOSA CONSTRUCCIONES Y MAQUINARIAS LTDA., RUT N° 78.550.360-0, sociedad comercial de giro Construcción de Edificios, con domicilio en Magdalena Sofía 361, Comuna de Las Condes, quienes comparecen en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de Liquidación N° 415000000373, en la que se determinó una diferencia respecto al Impuesto Primera Categoría , por existir discrepancia entre la Base Imponible del Impuesto de Primera Categoría determinada y el ingreso declarado, emitida con fecha 16.05.2017, por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE, Rut N° 60.803.315-7, representado legalmente por don Christian Soto Torres, Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del S.I.I., ambos domiciliados en calle General del canto N° 281, piso 10, Of. N° 1003, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fojas 1 a 67, Comprobante de distribución; Reclamo Tributario; documentación que acompaña consistente en: 1. Mandato judicial; 2. Fotocopia de Liquidación Nº415000000373; 3.Copia de Formulario 22 A T 2014 Folio Nº238322024; 4. Copia de Libro Diario, Libro Mayor, Balance Tributario, correspondientes al año 2013; 5. Copia de Facturas Nº 00179, 00180, 07641 y 000382; Resolución que ordena subsanar; escrito y documentos que acreditan personería en cumplimiento a lo ordenado; presentación que delega poder; resoluciones que los proveen y resolución que tiene por interpuesto reclamo y confiere traslado al S.I.I. y testimonio s de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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