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Tribunal · solo Pro
CIDEF COMERCIAL SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 01-02-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
RECHAZA+100M Confirmatorio No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra liquidaciones de Impuesto a la Renta 1ª Categoría e Impuesto Único por falta de acreditación de gastos y pérdida tributaria mediante contabilidad completa.
CIDEF COMERCIAL SA, empresa importadora y distribuidora de vehículos, fue fiscalizada por el SII respecto del AT 2014. El contribuyente declaró una pérdida tributaria de $2.088.950.158, incluyendo pérdida de ejercicios anteriores de $1.303.492.187. El SII emitió Liquidaciones 99 y 100 (28.07.2017) por $183.341.444 de Impuesto a la Renta 1ª Categoría y $38.373.712 de Impuesto Único Artículo 21, cuestionando la pérdida de arrastre y rechazando gastos por depreciación, corrección monetaria y multas varias.
El tribunal analizó tres cuestiones: (1) la pérdida de ejercicios anteriores, rechazando el argumento de que existía juicio pendiente en AT 2013, pues la sentencia ejecutoriada del Primer TTA ya había rechazado ese reclamo; (2) la insuficiencia probatoria de gastos, concluyendo que la reclamante no aportó contabilidad completa con respaldos documentarios, solo copias parciales de facturas; (3) la inobservancia del onus probandi tributario establecido en artículo 21 del Código Tributario, siendo obligación del contribuyente acreditar mediante contabilidad fidedigna la verdad de sus declaracione
Se rechaza el reclamo interpuesto contra Liquidaciones 99 y 100 (28.07.2017) y se confirman dichas liquidaciones. Se exonera de costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
1 s.s.
“CIDEF COMERCIAL SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a uno de febrero de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
El escrito de fecha 16.11.2017, por el que don Jaime García Escobar, en representación de CIDEF COMERCIAL S.A., RUT N° 79.780.600-5, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Francisco Bilbao N° 520, Providencia, deduce reclamo en contra de las Liquidaciones N° 99 y 100, emitidas con fecha 28.07.2017, notificadas con fecha 31.07.2017, por Impuesto a la Renta 1° Categoría por la suma de $183.341.444.-, e Impuesto Único Inciso 1° Artículo 21 DL 824/74, por el monto de $38.373.712. -, lo que da un total de impuestos de $ 221.715.156.-, referentes al AT 2014, más intereses, multas y reajustes .- emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , RUT N° 60.803.000-k, representado legalmente por don
Christian Soto Torres , ambos domiciliados en Amunátegui N° 66, Santiago, Región
Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de distribución de la causa.
A fs. 2 a 62, Notificación N° 875, Folio 1530000 de fecha 31.07.2017, Liquidaciones N°s 99 y 100 de fecha 28.07.2017 y sus Anexos N°s 1 a 12. Mandato de fecha 07.07.2016, de CIDEF
COMERCIAL S.A. a don Jaime García Escobar , Repertorio N° 39.434. Escrito de la parte reclamante por el cual presenta reclamo tributario en procedimiento general de reclamaciones en contra de las Liquidaciones N°s 99 y 100, de fecha 28.07.2017; Solicita término probatorio; Acompaña documentos; S eñala correo electrónico; Designa abogado patrocinante y delega poder. Resolución del tribunal previo a proveer y testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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