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Tribunal · solo Pro
STATKRAFT CHILE INVERSIONES ELÉCTRICAS LTDA. con SII
Fecha: 27-05-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+3.000M No Ha Lugar
Rechazo de reclamo tributario contra liquidaciones de Impuesto Único (35%) por gastos de intereses no deducibles. Tribunal confirma que falta acreditación de requisitos legales para su deducción como gastos necesarios de primera categoría.
Statkraft Chile Inversiones Eléctricas Ltda. fue fiscalizada por el SII respecto de años tributarios 2014, 2015 y 2016. La Administración cuestionó deducción de partidas de intereses (cuentas 4203101 y 4203103) alegando falta de correlación entre gasto y generación de rentas de primera categoría. Se emitió Citación N°171 del 28.04.2017. Contribuyente respondió dentro de prórroga concedida, logrando conciliar solo una partida (Venta Parque Eólico). El SII emitió Liquidaciones N°1087, 1088 y 1089 del 31.08.2017 gravando partidas de intereses con Impuesto Único del 35% por montos totales de $1.23
El Tribunal analizó alegación de vulneración del principio de legítima confianza por cambio de criterio del SII sin audiencia previa, concluyendo que no existió tal cambio, siendo las liquidaciones resultado normal del proceso de fiscalización conforme a Circular N°58 del SII y normas legales vigentes. Respecto a los requisitos de deducción de gastos conforme artículo 31 de la LIR, el Tribunal concluyó que contribuyente no acreditó cumplimiento de requisitos copulativos (necesariedad, correlación con rentas gravadas de primera categoría, destino a operaciones propias). Señaló que gastos fueron
Rechazo total del reclamo tributario. Confirmación de Liquidaciones N°1087, 1088 y 1089 del 31.08.2017. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar. Giro de impuestos en su oportunidad.
1 s.s.
“STATKRAFT CHILE INVERSIONES ELÉCTRICAS LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a veintisiete siete de mayo de dos mil veinticuatro.
A sus autos Certificado emitido por el Secretario del Tribunal y certificado emitido por la OJV.
Al escrito de fecha 24.05.2024, N° 54820, presentado por la Oficina Judicial
Virtual, resuelvo: Téngase presente la delegación de poder.
VISTOS:
El escrito de fecha 20.12.2017, por el que don Edmundo Soto Navarro, en representación de STATKRAFT CHILE INVERSIONES ELÉCTRICAS LTDA. RUT N° 76.328.210-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Militares N° 5001, Oficina 402 , Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduce reclamo en contra de la s Liquidaciones N° 108 7, 1088, 1089, todas de fecha 31.08.2017, notificadas en la misma fecha, por cobros de diferencia de Impuesto Único del artículo 21 de la LIR, respecto del AT 2014 por la suma de $515.196.498.- AT 2015 por el monto de $341.332.671.- y, del AT 2016 por la suma de 380.495.344.-, lo que da un total de impuestos de $1.237.024.513. -, más reajustes, intereses y multas, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DRM SANTIAGO ORIENTE , RUT N° 60.803.315- 7, representado legalmente por doña Zoila Orellana González, ambos domiciliados en General del Canto N° 281, Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de distribución de la causa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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