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Tribunal · solo Pro
ALVES ASTUDILLO y otros con SII
Fecha: 22-11-2024 · Materia: No Aplica
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de extranjeros brasileños por vulneración de derechos en denegación de RUT de inversionista, tras allanamiento del SII que reconoce cumplimiento de requisitos.
Cuatro ciudadanos brasileños (Diony Maykel, Djeni Alexssandra, Eugenia Franciele Alves Astudillo y Jefferson Jonatan Bartoszewski Astudillo) solicitaron RUT de inversionista extranjero ante el SII para declarar impuesto a la herencia del fallecido Exequiel Humberto Astudillo Moyano. El SII rechazó las solicitudes Nº15060822, 15061043 y 15061189 el 14 de octubre de 2024, argumentando que los DNI estaban vencidos y exigiendo registro de TAX ID. Los reclamantes sostuvieron que confundieron expedición con vencimiento y que el CPF brasileño constituía el TAX ID requerido.
El tribunal constató que no existía controversia al haberse allanado el SII íntegramente a las pretensiones de los reclamantes. Conforme al artículo 132 del Código Tributario modificado por Ley Nº21.210, cuando el Servicio acepta llanamente la pretensión contraria en su contestación, el tribunal debe citar a las partes a oír sentencia sin más trámite. El SII reconoció en su contestación que los reclamantes cumplían con los requisitos para obtener los RUT de inversionistas y que ya había procedido a su generación. Por ello, correspondía acoger la reclamación conforme a lo expuesto por ambas par
Se acoge la reclamación interpuesta. Se ordena al SII otorgar los RUT de inversionista extranjero a los reclamantes, cuestión ya cumplida según lo expuesto por el Servicio. No se condena en costas al SII conforme a lo dispuesto en artículo 132 del Código Tributario.
1
EN SANTIAGO, A VEINTIDÓS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
VEINTICUATRO.
VISTOS:
El escrito de fecha 16 de octubre de 2024, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don TOMÁS VERSLUYS VERGARA, RUT N° 18.956.593-3, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos, N°547, departamento 1402, torre C, comuna de Santiago, en representación de don DIONY MAYKEL ALVES ASTUDILLO, brasileño, Registro de Personas Físicas (CPF) Nº54.371.509-46, con domicilio en calle José Breda Sobrinho, N°65, block dos, departamento 403, Pinheirinho, ciudad de Curitiba, Estado de Paraná, Brasil ; doña DJENI ALEXSSANDRA ALVES ASTUDILLO, brasileña, Registro de Personas
Físicas (CPF) Nº36.699.199 -2, con domicilio en calle Luis Visinoni número 1314, ciudad de Curitiba, Estado de Paraná, Brasil; doña EUGENIA FRANCIELE ALVES ASTUDILLO, brasileña, Registro de Personas Físicas (CPF) Nº61.053.739-37, con domicilio en calle Maria Mansoto, N°315, Block K , departamento 36, São Judas Tadeu, Balneário Camboriú, Estado de Santa Catarina, Brasil; y don JEFFERSON JONATAN BARTOSZEWSKI ASTUDILLO, brasileño, Registro de Personas Físicas (CPF) Nº54.363.059-54, con domicilio en calle Evalino Rodrigues Vainer , N°347, ciudad de Curitiba, Estado de Paraná, Brasil , mediante el cual interpone n reclamo de conformidad al procedimiento de reclamación por vulneración de derechos , establecido en el Código Tributario, en contra de los actos consistentes en rechazos a las solicitudes de obtención de RUT de inversionistas extranjeros N°15060822, 15061043, y la solicitud N° 15061189, todas rechazadas con fecha 14 de octubre de 2024, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro, del Servicio 2 de Impuestos Internos (en adelante SII), por afirmar que los DNI se encontraban vencidos, además de exigir el registro de un TAX ID.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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