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Tribunal · solo Pro
INDUSTRIAL DE PROCESOS DE LA METALURGIA SPA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 22-01-2025 · Materia: Resolución; Resolución que deniegue peticiones del art. 126 CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Industrial de Procesos de la Metalurgia SPA contra resolución que deniega parcialmente devolución de remanente no imputado de IVA crédito fiscal por insuficiencia probatoria.
Industrial de Procesos de la Metalurgia SPA (IPM), empresa dedicada al procesamiento y comercialización de chatarra de metales, operaba como agente retenedor de IVA conforme a Resolución Exenta N°86 de 2016 por cambio de sujeto. En enero de 2019, IPM solicitó devolución de remanente no imputado de IVA crédito fiscal derivado de retenciones. El SII mediante Resolución Exenta N°206(103) de marzo 2019 acogió parcialmente la solicitud, rechazando $36.187.725 por considerar que el remanente de arrastre se arrastraba de forma indebida por denegaciones anteriores.
El tribunal analizó que IPM solo presentó dos documentos probatorios (resolución reclamada y notificación) sin aportar documentación adicional durante el período probatorio, incumpliendo su carga procesal de acompañar libros contables para acreditar operaciones. La prueba no cumplió los requisitos de multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia ni conexión exigidos por sana crítica conforme artículo 132 CT. Aunque IPM cuestionó la falta de fundamentación de la resolución administrativa, no probó específicamente los errores en cálculos de devolución. El tribunal consideró que la presunción
Tribunal rechaza reclamación y confirma integralmente Resolución Exenta N°206(103) de 21 de marzo de 2019. No se condena en costas por existir elementos plausibles para litigar.
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“INDUSTRIAL DE PROCESOS DE LA METALURGIA SPA con DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO NORTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 738,03
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 738,03
Santiago, a veintidós de enero de dos mil veinticinco.
VISTOS.
Que con fecha, 02 de julio de 2019, a folios 1-9 del expediente electrónico, comparece doña VERÓNICA ROSENBLUT GORODINSKY, chilena, Rut Nº 10.936.585-8, ALEJANDRO
MOREIRA DUEÑAS, chileno RUT Nº 13.455.566-1 y MATIAS DÓRNER DUBOST, chileno Nº 7.599.905-1 abogados y mandatarios judiciales de la sociedad contribuyente "Industrial de Procesos de la Metalúrgica S.PA.", Rol único Tributario N º76.317.743-2, con domicilio en calle Panamericana Norte Nº 16.868, galpón Nº 4, comuna de Lampa, quienes dedujeron de conformidad con lo establecido en el artículo 124 Código Tributario, reclamación, en contra de la Resolución Exenta Nº 206 (103) de fecha 21 de marzo de 2019, notificada por correo electrónico el mismo día, por medio de la cual se negó en parte la devolución de remanente no imputado de IVA Crédito Fiscal generado por las retenciones que en virtud de la solicitud de cambio de sujeto efectuó su representada durante el mes de enero de 2019 fundándose para ello en los antecedentes que se exponen.
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. EL RECLAMO TRIBUTARIO.
I.- ANTECEDENTES DE HECHO.
1. Indicó la reclamante que, la sociedad contribuyente "Industrial de Procesos de la Metalúrgica S.PA." o "IPM", fue constituida en Chile en el año 2013, misma época en la que hizo inicio de actividades ante el SII, bajo el giro principal de procesamiento y clasificación de todo tipo de materiales para su reciclado, compraventa al por mayor y menor de metales y chatarra, actividad que desde esa fecha desarrolla en el domicilio de calle Panamericana Norte N° 16.868, galpón N° 4, comuna de Lampa, Región Metropolitana.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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