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Tribunal · solo Pro
IMPORTADORA AMERICANA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 19-08-2013 · Materia: Giro
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamación contra giros de Primera Categoría por bonificación de mano de obra en Zona Franca, al ser consecuencia de rectificatorias presentadas por el propio contribuyente.
Importadora Americana Limitada, usuaria de Zona Franca, fue fiscalizada respecto del tratamiento tributario de bonificaciones a contratación de mano de obra para los años tributarios 2010 a 2012. El SII determinó que tales bonificaciones debían tributar en Primera Categoría conforme a la Ley N° 19.946 de 2004. El 13 de noviembre de 2012, la empresa presentó rectificatorias voluntarias agregando los montos de bonificación a su base imponible, generando diferencias de impuestos de $3.564.310, $3.954.110 y $5.799.865 respectivamente. El SII emitió giros ajustándose exactamente a estas rectificato
El tribunal consideró que los giros fueron emitidos conforme a disposiciones legales vigentes, al ser consecuencia directa de las rectificatorias presentadas voluntariamente por el propio contribuyente. Se aplicó el artículo 21° inciso II del Código Tributario, que impide al SII prescindir de las declaraciones presentadas por el contribuyente. La bonificación a mano de obra constituye renta afecta a Primera Categoría según artículo 10° de la Ley N° 19.946, posterior y especial respecto de la exención de Zona Franca. El contribuyente no fue citado formalmente sino notificado, y voluntariamente
No ha lugar al reclamo de los giros folios Nros. 50750060-9, 50496341-1 y 50174112-4, por ser consecuencia de petición hecha por el propio reclamante, siendo inadmisible su reclamo. Se rechaza sin costas.
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TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACA
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
IMPORTADORA
AMERICANA LTDA.
RUT 77.865.600-0
Iquique, diecinueve de agosto de dos mil trece.
VISTOS:
A fs. 1 comparece don GUILLERMO ANDRÉS MOLINA LAVÍN , en representación de IMPORTADORA AMERICANA LIMITADA, cuyo representante legal es don JOSÉ VÍCTOR AGULLÓ BANCHIERI , ambos con domicilio en calle Mapocho, Manzana E, sitio 48 A, Barrio Industrial, Zona Franca, Iquique , quien deduce reclamo en contra de los giros folios Nros. 50750060 -9, por la suma de $3.564.310.-, cuya copia corre a fs. 10; giro folio 50496341, por la suma de $3.899.517.-, cuya copia corre a fs. 13 y giro folio 50174112, por la suma de $5.725.434.-, cuya copia corre a fs. 17; todos los valores expresados en impuestos netos y todos de fecha 13 de noviembre del 2012, actos obrados por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , efectuados en razón de que su representada adeuda impuestos por los Años T ributarios1 2010, 2011 y 2012 dentro de un proceso de fiscalización del correcto cumplimiento de la declaración y pago del impuesto de Primera Categoría, por Bonificación de Mano de Obra a usuarios de Zona Franca, llevada a cabo por la fiscalizadora MARÍA MARCELA DÍAZ
ACEVEDO perteneciente al grupo N° 1 “Medianas y Grandes Empresas” , la cual procedió a efectuar dichos giros de la manera que se pasa a detallar: AÑO 2010:
SUB TOTAL A PAGAR : 3.564.310
I.P.C. : 292.273 1 Año Tributario, en adelante solo AT. 2
INTERESES Y MULTAS : 1.793.311
TOTAL A PAGAR : 5.649.894
AÑO 2011:
SUB TOTAL A PAGAR : 3.954.110
I.P.C. : 213.522
INTERESES Y MULTAS : 1.187.775
TOTAL A PAGAR : 5.355.407
AÑO 2012:
SUB TOTAL A PAGAR : 5.799.865
I.P.C. : 74.431
INTERESES Y MULTAS : 614.467
TOTAL A PAGAR : 6.466.531
El valor total de lo reclamado asciende a $17.471.832 (diecisiete millones cuatrocientos setenta y un mil ochocientos treinta y dos pesos). Los giros corresponden a la aplicación de Impuesto de Primera
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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