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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD REAL Y COMPAÑÍA LTDA con SII
Fecha: 27-04-2026 · Materia: Artículo 19 Nº 22 CPR · Juez: sergio_vera_aparicio
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos de contribuyente que cuestiona liquidaciones de IVA sobre venta de vehículos en Zona Franca, desestimando alegatos sobre violación de igualdad tributaria y falta de fundamentación.
Sociedad Real y Compañía Ltda. fue fiscalizada por el SII respecto de venta de vehículos en Coyhaique, emitiéndose Liquidaciones N° 98 a 155 de 10 de diciembre de 2021 que determinaban diferencia de IVA aplicando 19% sobre el precio de venta al consumidor final. La contribuyente presentó Revisión de Actuación Fiscalizadora rechazada por Resolución N° 251.297 de 28 de noviembre de 2025, alegando que el Servicio confundía el hecho gravado de importación con el de venta, creando un nuevo tributo denominado 'importaventa'. Posteriormente presentó Recurso de Resguardo ante Director Nacional, rechaz
El Tribunal analiza si se vulneraron derechos del artículo 8 bis del CT. Respecto del derecho a resolución fundada, constata que la Resolución RR N° 60-2025 contiene razonamiento lógico-jurídico válido: la controversia versa sobre interpretación de normas de base imponible y traslación del IVA, no sobre alteración unilateral de efectos tributarios. La existencia de posición técnica diversa del contribuyente no implica falta de fundamentación administrativa. Sobre igualdad tributaria, el Tribunal advierte que el Servicio ha mantenido criterio administrativo consistente desde 2018 respecto del t
Se rechaza íntegramente el reclamo por vulneración de derechos deducido contra la Resolución Exenta RR N° 60-2025 de 18 de diciembre de 2025, confirmándola en todas sus partes. Se condena a la reclamante en las costas de la causa.
Cuatrocientos cincuenta y siete 457
Punta Arenas, veintisiete de abril de dos mil veintiséis.
VISTOS:
Uno.- Que a fojas 158 y siguientes, comparece el abogado don Juan Pablo Marambio Santana, RUT N° 18.459.136 -7, en representación de la contribuyente Sociedad Real y Compañía Limitada, RUT N° 76.129.350 -8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Errá zuriz N° 853, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y la Antártica Chilena, interponiendo de conformidad con los artículos 155 y siguientes del Código Tributario reclamo por vulneración de derechos en contra del actuar de la Directora Nacional (s) del Servicio de Impuestos Internos, consistente en haber dictado la Resolución Exenta N° 60 -2025, de 18 de diciembre de 2025, la cual declaró improcedente el recurso de resguardo presentado con fecha 11 de diciembre de 2025, en razón de los siguientes argumentos de hecho y de derecho: En cuanto a los antecedentes fácticos.
Expone que, mediante Resolución Exenta N° 251.297, de 28 de noviembre de 2025, de la XII Dirección Regional Punta Arenas del Servicio de Impuestos Internos, notificada el 1 de diciembre de 2025, vía correo electrónico y firmada digitalmente por don Daniel Pérez Ruiz, Director Regional (S), se declaró "no ha lugar" a la Revisión de la Actuación Fiscalizadora (en adelante "RAF") presentada el 11 de septiembre de 2025.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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