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Tribunal · solo Pro
VASQUEZ Y MANAN LTDA con SII
Fecha: 29-05-2014 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de diferencias de impuesto a la renta por no acreditación de gastos de capacitación conforme a requisitos legales establecidos en Ley 19.518.
Vásquez y Mañán Limitada, empresa de servicio de alimentación, declaró en su Formulario 22 del AT 2010 un crédito por gastos de capacitación de $1.422.760. El SII efectuó la observación A55 (control del crédito versus información del Sence) y requirió mediante carta certificada y citación que la empresa aportara documentación acreditatoria. Ante la falta de respuesta, el SII emitió la Liquidación 367 de julio 2013 rechazando el crédito y determinando diferencia de impuesto de $2.461.437. La empresa interpuso recurso de reposición administrativa voluntaria (rechazado) y luego reclamo ante el Tr
El Tribunal establece que conforme a la Ley 19.518 sobre Estatuto de Capacitación y Empleo, le corresponde al Sence certificar las acciones de capacitación mediante certificado computacional, mientras que el SII tiene facultad de fiscalización sobre las declaraciones de renta de los contribuyentes. Aunque el Sence debe informar al SII sobre actividades de capacitación realizadas, ello es sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras del SII (artículo 27 inciso final de la Ley 19.518). La reclamante tenía obligación legal de mantener y presentar ante el SII la documentación acreditatoria: cert
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se confirma la Liquidación 367 de 25 de julio de 2013. Se giran los impuestos correspondientes. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
Fojas: Ciento veinte - 120
SOCIEDAD VÁSQUEZ Y MAÑ ÁN LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS XVI D. R. M. SANTIAGO SUR
RIT N° : GR- 17- 00067- 2013
RUC N° : 13- 9- 0002126- 1
En Providencia, a veintiocho de mayo de dos mil catorce.
Al escrito de fecha 26.05.2014, que rola a fojas 118.
A LO PRINCIPAL: TÉNGASE presente en lo que fuere procedente.
AL OTROSÍ: ESTÉSE a lo que se resuelve a continuación.
VISTOS:
1.- El escrito de fecha 29.10.13, mediante el cual don Ángel Alberto Mañán
Vásquez, RUT N° 9.771.487 -8, en representación de la sociedad VÁSQUEZ Y MAÑÁN
LIMITADA, o VASMA LTDA ., RUT N° 78.998.530 -8, giro: servicio de alimentación, con domicilio en calle Parral N° 7636, comuna de La Granja, presenta reclamo en contra de la Liquidación N° 367, de 25.07.13, notificada el 26 del mismo mes y año, efectuada por diferencias en crédito por gastos de capacitación utilizado en su declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario 2010, dictada por la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos, representada legalmente por doña Flavia Ortiz Quezada, Directora de la XVI D.R.M. Santiago Sur , según Resolución SII Pers. N° 506, de 18.03.08, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N° 1273, comuna de San Miguel, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fojas 01 a 23, Oficio N° 48 -2013, del Juez del Cuarto TTA de la Región
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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