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Tribunal · solo Pro
Maúlen Gutiérrez con SII
Fecha: 22-09-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: dora_luisa_bastia_santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirma infracción por transporte de leña sin documentación legal ni identificación del vendedor. Transportista solidariamente responsable conforme art. 55 DL825.
El 04.07.2014 se fiscalizó vehículo conducido por Maúlen Gutiérrez en ruta 5 Sur, Buin, transportando 22.000 kg de leña de eucaliptus valorizada en $1.254.000. Al momento de la fiscalización el conductor no exhibió factura, boleta ni guía de despacho válida, ni identificó al vendedor o propietario de las mercaderías. Posteriormente acompañó guía de despacho del 03.07.2014 que no cumplía requisitos legales.
El tribunal establece que se configura la infracción del art. 97 N°10 del CT. Aunque técnicamente podría encuadrarse en N°17, la aplicación de art. 55 inciso final DL825 hace responsable solidario al transportista que no identifique al vendedor o prestador de servicio. La guía de despacho acompañada en juicio no tiene validez por defectos de oportunidad y formalidad. Los testigos funcionarios corroboran que el conductor se negó a identificar al propietario de la carga y no portaba documento alguno al momento del control. No concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad.
Se rechaza reclamación y confirma notificación de infracción. Se aplica multa de $627.000 (50% del monto operación) y clausura de 2 días. Sin condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
Fojas: sesenta y ocho / 68.-
“MAÚLEN GUTIÉRREZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SANTIAGO SUR”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
En Providencia, a veintidós de septiembre del dos mil catorce.
A los escritos de fecha 17.09.2014, de la reclamante y reclamada, rolante a fojas 62 y ss. y 65 y ss.:
Téngase presente en lo que a derecho corresponda.
VISTOS.
El escrito de 21.07.14, rolante a fs. 3, por el cual comparece don Luis Rene Maúlen Gutiérrez, transportista, RUT N°8.986.491-7, domiciliado en Santa Victoria N° 23, Villuco, comuna de Buin , Región Metropolitana, quien deduce acción en Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas contemplado en el Título III del Libro Tercero del Código Tributario, en contra de la Notificación de Infracción N°12 68355, de fecha 04.07.2014, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XVI DIRECCI ÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO SUR, UNIDAD BUIN , Rut N°60.803.408 -0, representado legalmente por doña FLAVIA ORTÍZ QUEZADA , Directora Regional de la XVI Dirección Regional Sur según Resolución SIIPERS. N°506, de 18.03.08, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1273, Comuna de S an Miguel, Región
Metropolitana, mediante la cual se le notificó la comisión de la infracción contemplada en el N° 10 del artículo 97 del Código Tributario, que consist iría en el traslado de leña sin documento legal y sin identificar al vendedor o prestador del servicio. El monto de la operación denunciada asciende a $1.254.000.-.
Rolan en autos, A fs. 1 a 7, escrito de reclamo y documentos adjuntos, consistentes en: Copia simple de Notificación de Infracción N° 1268355 de fecha 04.07.2014, emanada de Servicio de Impuestos Internos, XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur ; Copia simple de Guía de despacho N003, de fecha 03.07.2014, emanada de la contribuyente doña Carolina Ignacia Fernández Orellana , RUT N°17.519.630-7.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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