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Tribunal · solo Pro
PETROBRAS CHILE RED LTDA con SII
Fecha: 02-04-2015 · Materia: Artículo 97 N° 6 del CT · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Petrobras contra infracción por entrabamiento a fiscalización, confirmando multa solo por no exhibir última boleta electrónica, desestimando cargo por no exhibición de libro de ventas.
El 6 de mayo de 2014, fiscalizadores del SII visitaron una estación de servicio de Petrobras Chile Red Limitada en Lo Barnechea. La dependiente informó que no disponía de libro de compras ni certificado del contador, señalando que la empresa emitía boletas electrónicas. Los fiscalizadores cursaron infracción por entrabar la fiscalización al no exhibir libro de ventas, certificado del contador, última boleta o control X. Petrobras presentaba Resolución Exenta N°197 de 2010 autorizándola como emisor electrónico.
El tribunal analizó si Petrobras incurrió en entrabamiento según artículo 97 N°6 del CT. Estableció que como emisor electrónico desde enero 2011, Petrobras no estaba obligada a mantener libros impresos, pero sí debía exhibir documentos electrónicos cuando lo requiera el SII. Respecto al libro de ventas y certificado, concluyó que Petrobras comunicó oportunamente su condición sin incumplimiento. Sobre el control X, desestimó su aplicación por carecer de sustento legal. Sin embargo, confirmó que Petrobras no exhibió la última boleta cuando fue solicitada, incumpliendo Resolución Exenta N°45 de 2
Acoge parcialmente el reclamo. Confirma infracción por artículo 97 N°6 CT, pero solo por no exhibir última boleta. Desestima que comprenda no exhibición de libro de ventas o certificado. Condena a Petrobras al pago de multa de una unidad tributaria mensual. Sin condena en costas.
“PETROBRAS CHILE RED LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, dos de abril de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Mario Arce Garcés , ingeniero comercial , cédula de identidad N°10.663.451-3, en representación de la sociedad Petrobras Chile Red Limitada, sociedad del giro de su denominación, RUT N°79.706.120-4, ambos domiciliados en Cerro Colorado N°5240, Pisos 12, 13 y 14, comuna de Las Condes , quien conforme al artículo 97 N°6 del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Notificación de Infracción N°1149698, de fecha 6 de mayo de 2014, emitida por el Fiscalizador N°1178, solicitando sea acogido y, en definitiva, se ordene dejar sin efecto, en razón de los siguientes argumentos.
En el primer apartado de su libelo de reclamo, relativo a antecedentes, explica que con fecha 6 de mayo de 2014, el Fiscalizador N°1178 del Servicio de Impuestos Internos, procedió a realizar una fiscalización en la Estación de Servicio ubicada en Avenida La Dehesa 1445, comuna de Lo Barnechea, instancia en la que supuestamente habría constatado una infracción al numeral 6° del artículo 97 del Código Tributario, procediendo a notificarla, indicando que la infracción consistiría en “Entrabar la fiscalización al no exhibir libro de ventas ni certificado del Contador, tampoco exhibe última boleta emitida o control X”.
Expone que en dicha oportunidad, la funcionaria de la empresa, conforme a lo establecido en la legislación vigente, exh ibió la Resolución Exenta N°197, de fecha 29 de diciembre de 2010, informándole al fiscalizador que Petrobras Chile Red Limitada se encuentra autorizada por el SII como emisor de documentos tributarios electrónicos, por lo cual no procedía la exhibición de dichos documentos, no obstante lo cual cursó de igual forma la referida infracción.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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