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Tribunal · solo Pro
FROST OLAVE con SII
Fecha: 05-08-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: dora_luisa_bastia_santander
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamo por infracción art. 97 N°10 CT (no emisión de boletas por $15.240). Confirma notificación, aplica multa de 2 UTM y clausura de 2 días por omisión probada de documentación en venta de carnes.
El 16.11.2014 funcionarios del SII fiscalizaron carnicería de Marjorie Frost Olave en Paine. Constataron vales internos sin boletas de respaldo por venta de carne total $15.240. La encargada del local (madre de la contribuyente) reconoció omisión. SII cursó infracción N°1275312 por incumplimiento art. 97 N°10 CT. Reclamante alega que boletas fueron emitidas tardíamente, que algunos vales eran error del carnicero, y que fiscalizador no revisó correctamente agrupando vales de dos en dos.
Tribunal establece que está probada la infracción mediante reconocimiento de la encargada y testimonios de fiscalizadores sin ser desvirtuados. Artículo 97 N°10 CT sanciona no otorgamiento de boletas en casos exigidos por ley. Boletas deben emitirse en momento de entrega de especies (art. 55 inciso 6 D.L. N°825). La infracción es de naturaleza objetiva: basta configurar los elementos descritos para ser sancionable. Al evaluar circunstancias del art. 107 CT: contribuyente no reincidente pero sí con agravante por conocimiento de obligación legal dada su actividad y antigüedad como contribuyente.
Se rechaza reclamo. Se confirma Notificación de Infracción N°1275312. Se aplica multa de 2 UTM julio 2015 ($87.696). Se aplica clausura de 2 días de funcionamiento efectivo. No se condena en costas estimando motivos plausibles para litigar.
Fojas: Cuarenta y siete - 47
“MARJORIE TATIANA FROST OLAVE CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
Providencia, a treinta y uno de julio de dos mil quince.
VISTOS:
A fs. 6, por escrito de 03.12.14, comparece doña MARJORIE
TATIANA FROST OLAVE, RUT N° 12.264.210-0, giro: comerciante, domiciliada en Marta Letelier S/N° Condominio Marina San Francisco Parcela N° 64, sector Pintué, comuna de Paine y, para estos efectos en Avenida La Florida 9650,casa 113, Condominio Altos de Santa Amalia, comuna de La Florida, interponiendo reclamo en Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas, en contra de la infracción p revista y sancionada por el artículo 97 N° 10 del Código Tributario, consistente en no emitir documento legal por venta de efectuada el 16.11.14, que le fuera notificada por funcionarios de la Unidad de Buin, dependiente de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, representado por doña MARGARITA LEON DÍAZ , en su calidad de Directora Regional
Subrogante Santiago Sur, según Resolución Exenta N°15137, de 16.10.14, ambos domiciliados en calle Ramón Suberca seaux N° 1273, comuna de Sa n Miguel, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 2 a 5, documentos acompañados por la reclamante, consistentes en: copia de la notificación de infracción N° 1275312, de 16.11 .2014; copia de vales N° 6890 y 6891 y boleta N° 14439 por $ 7.800; copia de vale N° 6900 y copia de vale Transbank y boleta N° 14438.
A fs. 10, resolución de 09.01.2015, que tiene por interpuesto el reclamo, confiere traslado al Servicio de Impuestos Internos y testimonio de notificaciones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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