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Tribunal · solo Pro
COMPANIA MINERA MANTOS DE ORO con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS DE ATACAMA
Fecha: 13-10-2015 · Materia: Resolución que deniegue peticiones del art. 126 CT · Juez: María Luisa Lobo Guiñez
RECHAZA+2.000M Anulado Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de devolución de IVA exportador por $2.8 mil millones de Minera Mantos de Oro, generados antes de fusión en 2011, por no acreditar que provenían de bienes/servicios destinados a exportación.
Compañía Minera Mantos de Oro (ex Minera Santa Rosa) se fusionó el 2 de diciembre de 2011 con Minera Mantos de Oro S.A., absorbiendo esta última. Luego solicitó devolución de IVA exportador por $4.182.948.019 ($1.838.516.094 por diciembre 2011 y $2.334.431.925 por enero 2012). El Servicio de Impuestos Internos acogió devolución por $1.378.716.235 pero rechazó $2.804.231.784 correspondiente a remanente de crédito fiscal anterior a la fusión, argumentando que provenía de período previo a realizarse exportaciones.
El tribunal analizó los requisitos del artículo 36 de la Ley IVA: calidad de exportador y que el impuesto haya sido recargado en bienes/servicios destinados a exportación. Conforme al inciso 3° del D.S. 348, los exportadores con remanente de crédito fiscal de operaciones internas pueden recuperarlo hasta un 19% del FOB de la exportación que lo ampare. Sin embargo, la reclamante no acreditó en sede jurisdiccional la conformación, determinación y cumplimiento de requisitos formales (art. 25 DL 825) del remanente. Aunque presentó 14 años de documentación tributaria (casi 4.000 facturas), no permi
Se rechaza la reclamación y se deja firme la Resolución 26 del SII que denegó la devolución de $2.804.231.784. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
Copiapó, trece de octubre de dos mil quince.
VISTO:
Que a fojas 21, comparece don JAVIER IGNACIO CORTÉS PHILIPP , abogado, RUT N°13.996.069-6, en representación de COMPAÑÍA MINERA
MANTOS DE ORO, RUT N°78.928.380-K, ambos domiciliados para estos efectos en Los Carrera N°6651, Copiapó. Deduce recurso de reclamación en contra de la Resolución N°26 emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, con fecha 05 de agosto de 2014 y notificada por carta certificada enviada con f echa 21 de noviembre de 2014 , en atención a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
Refiere el abogado que su representada fue constituida el año 1996 con la razón social “Minera Santa Rosa SCM”, estableciéndose en su estatuto social, dentro de sus objetos la venta, exportación y comercialización de minerales y/o de sus productos. Luego, en diciembre del año 2011 se acuerda la fusión de Minera Santa Rosa con la Compañía Minera Mantos de Oro, mediante la absorción de ésta última , quedando la primera como subsistente y continuadora de las actividades de ambas compañías, transformándose además de una sociedad anónima a una contractual minera y cambiando su razón social al actual Compañía Minera Mantos de Oro.
Señala que su representada habría presentado al Servicio de Impuestos
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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