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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA LAS PALMAS DE MAIPÚ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 10-02-2016 · Materia: Liquidación
ACOGE
Se acoge reclamo contra liquidación que tasó venta de acciones fuera de plazo de prescripción, dejándose sin efecto la Liquidación N° 277.
Inmobiliaria Las Palmas de Maipú Dos S.A. vendió acciones de Hotelera San Francisco S.A. el año 2009, reportando pérdida tributaria en su declaración de renta de ese año. El SII emitió Liquidación N° 277 el 30 de julio de 2014, tasando la operación de venta de acciones y rechazando la pérdida invocada. La reclamante impugnó la liquidación argumentando que la operación ocurrió fuera del plazo de prescripción para fiscalización.
El tribunal estableció que conforme al artículo 31 de la LIR, el SII puede exigir acreditación de gastos invocados, pero cuando se trata de pérdidas de arrastre de ejercicios anteriores, la tasación de operaciones acaecidas fuera de los plazos de prescripción del artículo 200 del Código Tributario no procede. La venta de acciones ocurrió en 2009, la declaración se presentó el 9 de mayo de 2009, el plazo de fiscalización venció el 9 de mayo de 2012, pero la liquidación fue notificada el 30 de julio de 2014. El SII ejerció indebidamente su facultad de tasación fuera de los plazos legales al rech
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N° 277 de fecha 30 de julio de 2014. Cada parte pagará sus costas.
“INMOBILIARIA LAS PALMAS DE MAIPÚ DOS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SANTIAGO ORIENTE”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
Providencia, a diez de febrero de dos mil dieciséis
VISTOS:
El escrito de fecha 30 de octubre de 2014, de fs. 19 a 69, en el cual comparece don Nicolás Grof Guzmán , abogado, Cédula Nacional de Identidad N° 1 5.639.774-1, en calidad de mandatario judicial de INMOBILIARIA LAS PALMAS DE MAIPÚ DOS S.A. RUT N° 76.502.830-2, con giro de compra, venta y alquiler ( excepto amoblados) de inmuebles propios o ajenos, domiciliada en Av. La Dehesa 1201, Oficina 825, Lo Barnechea , y ambos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea N° 2.800, piso 43, comuna de Las Condes , Región Metropolitana, quien interpone reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Liquidación N° 277, de fecha 30 de julio de 2014, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL
SANTIAGO ORIENTE , Rut N°60.803.408-0, representado legalmente por don CLAUDIO
AMBIADO ARAYA, Director Regional de la XV Dirección Regional Oriente, según Resolución SII Pers. N°704, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281 , Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de Distribución de Causas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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