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Tribunal · solo Pro
NCL INGENIERIA Y CONSTRUCCION LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 31-08-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+100M
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación que aplica prorrata a crédito por impuestos extranjeros debido a subdeclaración de inversión en el Registro de Inversiones en el Extranjero.
NCL Ingeniería y Construcción recibió Liquidación N° 211-13 de septiembre 2013 por reintegro del artículo 97 de la LIR período diciembre 2012, por $171.497.578. El SII rechazó crédito completo por impuestos pagados en Brasil, alegando que la inversión fue inscrita en el RIE por USD 14.000 (equivalente $6.557.180) pero declarada en DJ 1851 por $157.378.762. El SII otorgó solo 4,17% del crédito ($2.567.220 de $61.564.031). La empresa pagó la liquidación en enero 2014 y reclamó dentro del plazo ampliado.
El tribunal analiza si el incremento de la inversión constituye modificación requiere actualización del RIE. La empresa sostenía que era la misma inversión solo incrementada, sin necesidad de reinscripción. El SII argumentaba que el aumento de $6.557.180 a $157.378.762 era modificación sustancial. El tribunal nota que la reclamante no aportó prueba para acreditar sus afirmaciones ni presentó contabilidad u otros medios probatorios. La Circular N° 25 del 2008 establece que modificaciones deben informarse para mantener el RIE actualizado. Sin prueba del carácter de simple incremento versus modif
Se rechaza el reclamo y se confirma la Liquidación N° 211-13 de 27-09-13. Se declara que no se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivos plausibles para litigar.
“NCL INGENIERA Y CONST RUCCIÓN LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. STGO ORIENTE”
RIT N°: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Providencia, a treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.
VISTOS:
El escrito de fecha 27 de septiembre de 2014, rolante de fs. 24 a 30, mediante el cual don Julio Miguel Guarda Willer , Ingeniero Civil en Minas, RUT N° 8.449.512-3, en representación de la sociedad “ NCL INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN SPA ”, RUT N° 79.822.760-2, giro: Prestación de Servicios de Ingeniería, Asesorías de Ingeniería , ambos domiciliados para estos efectos en calle General del Canto N° 1542 , Comuna de Providencia, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de la Liquidación N° 211-13, de fecha 27-09-13, notificada con igual fecha, relacionadas con Reintegro Art. 97 Ley de la Renta, período tributario diciembre 2012 , emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO ORIENTE, RUT N°60.803.315-7, representada legalmente por don Claudio
Ambiado Araya, RUT N° 9.463.377-K, Director de la XV Dirección Regional
Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SII PERS. N°704, de f echa 14.12.12, ambos domiciliado s en calle General del Canto N° 281, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de distribución de causa
A fs. 2 a 23, documentos acompañados por la reclamante: Fs. 2 a 14, copia de la Liquidación N° 211 -13, de fecha 27-09-13, y de su respectiva N otificación; fs. 15, Giro y Comprobante de Pago de Impuestos y Multas, formulario 21, folio 100941, de fecha 16.01.14; fs. 16 a 23, copia de Escritura Pública designación de poderes de fecha 13.11.13. A fs. 24 a 30, escrito de reclamo.
A fs. 31 a 32, resolución del Tribunal que provee el escrito de reclamo y da traslado y su correspondiente testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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