Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
ALDUNATE JARAMILLO con SII
Fecha: 02-12-2016 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuesto a la renta 2008, rechazando alegato de error en reajustes pero reduciendo base imponible por falta de justificación de parte de inversiones en fondos mutuos.
María Luisa Aldunate Jaramillo reclamó contra Liquidaciones N° 879 y 880 de julio 2014 por impuesto a la renta e impuesto global complementario AT 2008. El SII determinó inversiones injustificadas por $403.506.650 basándose en registros de bienes raíces e inversiones en fondos mutuos. La contribuyente acreditó origen de fondos mediante venta de derechos sociales por $219.150.000 (2006) y donación de $117.450.000 (2006), alegando que estos ingresos exentos financiaron las inversiones cuestionadas durante 2007.
El tribunal analizó la justificación del origen de fondos según artículos 70 y 71 de la LIR. Concluyó que la contribuyente justificó solo parcialmente los fondos: $336.600.000 obtenidos (venta y donación) menos $201.346.341 invertidos en inmueble, dejaban saldo de $135.253.659. Al cotejar inversiones en fondos mutuos por $573.450.199, descontando rescates, quedaba diferencia de $186.996.065, de la cual solo $135.253.659 estaban cubiertos, resultando un déficit de $51.742.406 sin justificar. Respecto de errores de cálculo en reajustes, el tribunal confirmó que 21,30% era correcto conforme Circu
Se acoge parcialmente el reclamo. Se modifican las Liquidaciones N° 879 y 880 de 29 de julio de 2014 conforme a lo razonado: se reduce la base imponible al descontar los $135.253.659 justificados, manteniéndose gravada la diferencia de $51.742.406 no acreditada. Se desestima el reclamo sobre errores en reajustes. Cada parte paga sus costas.
“ALDUNATE JARAMILLO C ON SERVICIO DE I MPUESTOS INTERNOS XV D.R.
SANTIAGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Providencia, a dos de diciembre de dos mil dieciséis.
VISTOS:
El escrito de fecha 14.11.14, rolante de fs. 30 a 52 , mediante el cual don Enrique Guzmán Blanco, abogado, mandatario judicial de doña MARÍA LUISA ALDUNATE
JARAMILLO, RUT N° 7.012.424-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carolina Rabat N° 928, D epartamento 22, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, deduce reclamo en contra de Liquidaciones N° 879 y 880, de 29 de julio de 2014 , relacionadas con Impuesto a la Renta de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario AT 2008, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN
REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE , RUT N°60.803.315 -7, representada legalmente por don Christian Soto Torres, RUT N° 12.760.959-4, Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución TRA N° 246/1758/2015 de 30.10.2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, Comuna de Providencia, Región Metropolitana. Rolan en autos:
A fs. 1 Comprobante de distribución de causa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.