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Tribunal · solo Pro
ARRIAGADA GAJARDO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 31-08-2017 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Víctor Hugo Aedo Lara
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra multa por pérdida no fortuita de facturas, confirmando infracción por falta de concordancia en declaraciones y ausencia de medidas de custodia adecuadas.
Contribuyente Miguel Arriagada Gajardo perdió facturas Nos. 313 a 318 sin emitir. El 05.08.2016 dejó constancia en Carabineros de extravío de documentos de su vehículo. El 12.08.2016 presentó voluntariamente aviso de pérdida ante SII mediante formulario F3238, declarando como causa un robo, acompañando constancia de Carabineros y publicaciones en prensa. El 29.08.2016 el SII notificó acta de infracción por pérdida no fortuita. El contribuyente reclamó alegando que la auto-denuncia era anterior a la notificación y que se trataba de caso fortuito.
El tribunal analizó la infracción tipificada en artículo 97 N°16 del CT, que presume pérdida no fortuita salvo prueba en contrario. Encontró discordancia entre los documentos presentados: en el formulario F3238 declara robo, en Carabineros reporta extravío desconociendo si alguien las recogió, y en avisos de prensa califica como extravío. El tribunal concluyó que estas inconsistencias evidencian falta de caracterización de un caso fortuito. Además, advirtió que guardar documentos tributarios en maletín dentro de vehículo no corresponde a deberes de diligencia y cuidado exigibles. No se acredit
Se rechaza reclamo y confirma Acta de Infracción N°77316008867 del 29.08.2016 por pérdida no fortuita de facturas. Se aplica multa de $139.800 (tres UTM). No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
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“ARRIAGADA GAJARDO, MIGUEL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, a treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas 5, complementada con presentación de fojas 7, comparece el contribuyente don MIGUEL EUGENIO ARRIAGADA GAJARDO, RUT N° 11.676.209-9, del giro comerciante, con domicilio en Avda. Lircay No. 2164 , de la comuna de Talca , quien interpone reclamo tributario conforme al Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas , contemplado en el artículo 165 del Código Tributario, en contra del Acta de Denuncia de Infracción No. 77316008867, de fecha 29.08.2016, emitida por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos , mediante la cual se le notificó la supuesta comisión de la infracción contemplada en el No. 16 del artículo 97 del Código Tributario , por la pérdida no fortuita de las facturas Nos. 313 a 318, sin emitir.
Fundamentando su reclamo, el recurrente señala que no procedía que le cursaran la infracción por pérdida no fortuita de facturas timbradas, sin emitir, ya que el día 12.08.2016, voluntariamente, y sin previo requerimiento del Servicio, se auto denunció por la pérdida de las facturas Nos. 313 a 318, sin emitir, mediante Petición Administrativa N° 77316104083, ante el S.I.I., cumpliendo con las exigencias legales de publicación y aviso en diarios de circulación nacional y, además, dejó constancia del extravío en Carabineros, el día 05.08.2016.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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