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Tribunal · solo Pro
BIZARRO PRODUCCIONES con SII
Fecha: 19-03-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamo de Bizarro Producciones contra liquidaciones del SII por impuesto adicional, IVA, primera categoría y multas, determinando que utilizó créditos fiscales sin derecho y omitió proporcionalidad.
Bizarro Producciones Ltda., productora de eventos y recitales, fue fiscalizada por el SII en años 2010-2012 respecto de impuesto adicional, IVA e impuesto de primera categoría. Tras citación N° 3.385/55 de octubre 2013, el SII practicó liquidaciones Nos. 299 a 341 por diferencias en ingresos no reconocidos, eventos que pierden exención, notas de crédito sin copia a cliente, facturas de proveedor duplicadas, facturas sin respaldo, gastos ajenos al giro, facturas falsas, proporcionalidad de IVA e impuesto adicional por remesas al exterior.
El Tribunal establece que el SII actuó dentro de los plazos de prescripción ordinaria de 3 años más las prórrogas legales. Respecto a crédito fiscal, la reclamante incumplió requisitos sustantivos y formales exigidos por ley: sus adquisiciones no se afectaron a operaciones gravadas y no contaban con documentación que acreditara su pertinencia. En materia de proporcionalidad de IVA, el cálculo del SII fue verificado y encontrado correcto, sin que la reclamante aportara probanza que lo desvirtuara. Los gastos objetados en concepto H incluyen facturas de terceros no relacionadas con el giro y gas
Se rechaza el reclamo deducido por Bizarro Producciones Limitada contra las liquidaciones Nos. 299 a 341 del SII, manteniéndose vigentes las liquidaciones practicadas por impuesto adicional, IVA, primera categoría y multas del artículo 97 N° 11.
PA
“BIZARRO PRODUCCIONES LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
Providencia, a diecinueve de marzo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fs. 42 a 67, por escrito de fecha 18.12.14, comparece don Gianfranco Renzo Grattarola Salinas, en representación de la sociedad BIZARRO PRODUCCIONES LIMITADA, RUT N° 76.109.667-2, del giro de su denominación, con domicilio en calle Santa Beatriz N° 100, oficina 504, comuna de Providencia, quien deduce Reclamo en contra de las Liquidaciones N°s 299 a 341, de 29.08.14, relacionadas con diferencias por Concepto de Impuesto Adicional, Impuestos a las Ventas y Servicios (IVA), Impuesto de Primera Categoría y multas del artículo 97 N° 11 de la Ley de Renta, años tributarios 2010, 2011 y 2012, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO
ORIENTE, RUT N°60.803.315-7, representada legalmente por don Christian Soto Torres, RUT N°: 12.760.959-4, Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SII TRA N° 246/1758/2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 a 2, Comprobante de distribución de causa; y Notificación N°1116, de 29.08.14, emitida por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente.
A fs. 3 a 41, Copia de Liquidaciones N°s 299 a 341 y Mandato Judicial de Bizarro Producciones Limitada a don Gianfranco Renzo Grattarola Salinas, de fecha 18.12.14.
A fs. 42 a 67, escrito de reclamo.
A fs. 68 a 69, resolución del Tribunal, previo a proveer y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs.70 a 72, Mandato Especial Bizarro Producciones Limitada a don Sergio Nabor Belmar Gamonal, de fecha 18.12.14.
A fs.73, escrito de la parte reclamante de cumple lo ordenado y acompaña documento.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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