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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD CONTRUCTORA BERCO & CIA LIMITADA con SII
Fecha: 31-05-2018 · Materia: Liquidación
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Sociedad Constructora Berco contra liquidaciones del SII por diferencias de crédito fiscal IVA y renta, confirmando que facturas de proveedores con irregularidades no cumplen requisitos del artículo 23 N°5 de la Ley de IVA.
El SII realizó fiscalización a Sociedad Constructora Berco & Cía Ltda. por créditos fiscales IVA de períodos 2010-2012 y renta 2011-2012. Se cuestionaron facturas de proveedores: Transportes Takoa S.A. (dos facturas no acompañadas completamente) y Rachid Mohamed Baza Apud (facturas registradas en 2012, cuyo emisor presentaba subdeclaraciones). El SII rechazó créditos fiscales por considerar las facturas no fidedignas. Emitió liquidaciones 919, 920, 921, 922, 923 y 925 del 30.07.2014 por $122.940.879 incluyendo impuestos, reajustes, intereses y multas. La reclamante no cumplió completamente con
El tribunal determinó que las facturas fueron calificadas como no fidedignas por el SII, pero esta calificación, aunque incorrecta según Circular 93 (debió ser falsas), no afecta la legalidad del acto reclamado. El artículo 23 N°5 de la Ley de IVA establece una excepción a la regla general del crédito fiscal, requiriendo cumplimiento de requisitos taxativos y copulativos. La reclamante debió haber tomado precauciones establecidas en su favor por el legislador, cuestión no acreditada. No se aportaron pruebas en el proceso ni en el término probatorio. La reclamante no compareció adecuadamente en
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se confirman las Liquidaciones 919 a 925 del 30.07.2014. Se ordena girar los impuestos correspondientes por el SII. No se condena en costas, estimando el tribunal que la reclamante tuvo motivos plausibles para litigar.
1 s.s.
“SOCIEDAD CONSTRUCTORA BERCO & CIA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. ORIENTE”.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho.
VISTOS:
El escrito de fecha 17.11.2014, rolante de fs. 17 y sgtes. , don Jaime Preiss Contreras, abogado , Cédula de Identidad N° 16.098.862-2 y don Andrés López
Benavides, abogado, Cédula de Identidad N° 16.473.939-2, ambos en representación de SOCIEDAD CONSTRUCTORA BERCO Y CÍA. LIMITADA, RUT N° 77.475.170-k, todos domiciliados para estos efectos en Calle Roger de Flor N° 2736, Piso 8, oficina 801, Comuna de Las Condes, Santiago, empresa del giro “construcción de edificios completos o de partes de edificios”, quien deduce Reclamo en contra de las Liquidaciones N°s 919, 920, 921, 922, 923 y 925 todas de fecha 30.07.2014 , referentes a diferencias de crédito fiscal IVA y de Impuesto a la Renta Primera Categoría, por un monto total de $122.940879.-incluidos reajustes, intereses y multas, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, RUT N° 60.803.315-7, representado legalmente por don Christian Fernando Soto Torres , Director Regional de la XV D.R.M. Santiago Oriente, según Resolución TRA N° 246/1758/2015, de fecha 30.10.2015, ambos domiciliados en calle General del Canto 281, piso 10, oficina 1.003, Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
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